Pasaportes nicaraguenses. LA PRENSA

Colombia reactiva el requisito de visa para los nicaragüenses de la Costa Caribe

El requisito de visa para ciudadanos nicaragüenses con pasaporte de la Costa Caribe había sido eliminado en agosto de 2017

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El Gobierno de Colombia, bajo la administración de Gustavo Petro, habría reactivado el requisito de visa colombiana para que los nicaragüenses nacidos en la Costa Caribe Norte y Sur del país puedan entrar a suelo colombiano. Aunque la medida no está oficialmente publicada en los sitio web del Gobierno o la Cancillería de Colombia, agencias de viajes nicaragüenses lo confirmaron.

«Los nicaragüenses nacidos en cualquiera de las dos regiones autónomas del país de ahora en adelante requerirán del visado colombiano, esto antes no se requería, pero de ahora en adelante lo van a necesitar», refirió la agencia de viajes Vice Travel en sus redes sociales.

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La empresa de viajes explicó que de la misma manera la requerirán los nicaragüenses que cuenten con visa canadiense. En contraste, los que tengan visa estadounidense podrán ingresar sin la visa colombiana, como hasta ahora.

LA PRENSA envió consultas al Consulado de Colombia en Nicaragua, pero hasta la publicación de la nota no había emitido una respuesta.

Requisito había sido eliminado desde el 2017

En agosto de 2017, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia por medio de una resolución eliminó el visado para ciudadanos nicaragüenses que tengan visa estadounidense o sean originarios de las Regiones Autónomas de la Costa Caribe.

Lo anterior, se indicó en ese momento, mejoraría las relaciones comerciales entre ambas naciones y aumentará el flujo turístico hacia las diferentes ciudades del país sudamericano.

Es importante mencionar que Nicaragua no figura en la lista de los Estados o territorios de la Lista A, B o C, o como casos especiales de exención de visado. Por lo que los ciudadanos que portan pasaporte nicaragüense deben solicitar una visa de Visitante ante el Consulado colombiano más cercano a su lugar de residencia legal.

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Los países en la lista A, B o C o como casos especiales pueden ingresar, permanecer y salir de Colombia sin visa, para actividades de corta estancia (entre ellas, negocios, ocio, turismo o interés cultural), siempre y cuando estas actividades no generen pagos por servicios, salario o sueldo en Colombia, de acuerdo con la Resolución 5488 de 22 de junio de 2022 y Resolución 3717 de 23 de mayo de 2023.

El sitio web de la Cancillería aún no actualiza la nueva normativa. Continúa plasmado la descripción de que «los nicaragüenses que acrediten ser naturales de la Región Autónoma de la Costa Caribe Norte y de la Costa Caribe Sur estarán exentos de visa de corta estancia si son titulares de permiso de residencia vigente en un Estado miembro del ‘Espacio Schengen’ o en los Estados Unidos de América».

Agrega que estarán exentos «si son titulares de visa Schengen o visa de los Estados Unidos de América con una vigencia mínima de ciento ochenta (180) días al momento de ingreso al territorio nacional».

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