La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), con sede en San José, Costa Rica, atendió este 3 de julio la audiencia “Dina Carrión y otros vs. el Estado de Nicaragua”, caso en el que se alegó, según el documento que compartió ese organismo, “responsabilidad internacional del Estado de Nicaragua por la falta de debida diligencia en la investigación de los hechos relacionados con la muerte de Dina Alexandra Carrión».
Dina Alexandra Carrión murió el 3 de abril de 2010 y su muerte fue declarada como suicidio, pese a los evidentes signos de violencia que mostraba su cuerpo y las inconsistencias de las investigaciones que se realizaron alrededor del caso. La familia sostiene que el hecho no fue un suicidio, tal como fue archivado por la justicia nicaragüense, sino un femicidio, señalando como principal sospechoso a Juan Carlos Siles Saravia, de quien Dina se estaba divorciando tras vivir en una relación violenta.
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En la audiencia, que es la primera por un caso de femicidio en Nicaragua, ante los jueces de la Corte IDH comparecieron Aída González y Aída Mercedes Carrión, madre y hermana de la víctima, respectivamente, quienes dieron testimonio de estos 14 años de incansable búsqueda de justicia. Ambas fueron acompañadas por defensores del Colectivo de Derechos Humanos Nicaragua Nunca Más.
La Corte IDH indicó, en la misiva sobre el caso, que recibieron argumentos de que durante la investigación existieron “varias irregularidades en las diligencias iniciales de la muerte de la señora Carrión, en contravención a la debida diligencia reforzada que debe impulsarse en la investigación en casos de violencia contra la mujer”.
“Se alega que no se investigó suficientemente la hipótesis de femicidio o parricidio de tal manera que solo se contempló la línea de investigación de la muerte por suicidio, a pesar de indicios que apuntaban a que la muerte de la presunta víctima pudo ser motivada por razones de género”, resalta la misiva.
Además, se argumentó ante dicha Corte que en la investigación de ese caso hubo «distintos estereotipos, configurando una violación al derecho de igualdad y la garantía de imparcialidad de las autoridades investigativas y judiciales» y se «excedió el tiempo que le brindaba la ley para resolver la impugnación que fue presentada por los familiares en contra de la resolución que calificó la muerte como un suicidio, lo que tuvo como consecuencia que el proceso penal no pudiera continuar».
«Dina no se mató, a ella me la mataron»
Aída González, madre de Dina Alexandra, entre lágrimas remarcó, ante los jueces de la Corte IDH, que su hija «no se mató, a ella me la mataron».
«Exijo justicia, exijo que el Estado de Nicaragua responda por la muerte de mi hija, sobre todo que responda Juan Carlos Siles Saravia. Lo quiero ver sentado en el banquillo de los acusados, que me responda qué le hizo a mi hija», resaltó González, destacando que no quiere volver a Nicaragua hasta que este sujeto, al que ve como el principal sospechoso de cometer el femicidio contra su hija, esté detenido.
Apuntó que como familia en todos estos años se han dedicado a contratar peritos que los ayudaran a investigar el caso, reunir las pruebas que se encontraron vinculadas al femicidio de Dina, las marcas en el cuerpo de su hija, los vacíos en el expediente, y hay «todos los elementos necesarios para hacer las investigaciones».
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Aída Carrión, hermana de Dina, también apuntó todo el degaste económico, físico, psicológico que todo este proceso de búsqueda de justicia les ha generado como familia, resaltando que su otra hermana, Vilma Valeria, incluso fue amenazada luego de ser quien impulsó la parte inicial del caso de investigación sobre la muerte de Dina.
Además, destacó que como hermana exige «justicia» y respuestas sobre «qué pasó la noche del 3 de abril, por qué tenemos un cuerpo violentado, por qué tantas inconsistencia, quién es Juan Carlos Siles Saravia para el Estado de Nicaragua, necesitamos respuestas además de reparación».
Hipótesis de femicidio debió investigarse
Mariella Labozzetta, fiscal directora de la Unidad de Delitos contra la Mujer en Argentina, perita convocada por la CIDH en el caso de femicidio de Dina Carrión ante la Corte IDH, con base en la información que conoció sobre el proceso de investigación de la muerte de Dina Alexandra, identificó que en este hubo “problemas en la preservación de la escena”, “no hubo entrevistas con los vecinos”, “entrega de forma tardía algunas de las pruebas”, “se rompió la cadena de custodia de pruebas”, y “se detectaron algunas irregularidades en torno al arma, que estaba casi a dos metros de la víctima, que no se explica cómo pasó”.
Además, cuestionó que la información facilitada por la familia no fue tomada en cuenta para el análisis de la autopsia, pese a que es importante que el perito maneje las hipótesis investigadas; y que las conclusiones sobre la salud mental de la posible víctima fueran usadas para atribuir el caso a un suicidio, descartando otras hipótesis que también debían investigarse.
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«La hipótesis de femicidio debe ser presentada siempre cuando se da una muerte violenta de una mujer (…) aunque a priori no lo parezca», afirmó la experta.
Aseguró que las autoridades «siempre que hay una muerte violenta de una mujer se tienen obligación de debida diligencia que implica que se debe indagar en la hipótesis de femicidio, aunque compita con otras hipótesis, se deben llevar en paralelo e ir descartando, porque cualquier demora atenta contra la recolección oportuna de pruebas».

«Sin debida diligencia»
El abogado Braulio Abarca, defensor del Colectivo de Derechos Humanos Nicaragua Nunca Más, apuntó que en el caso de Dina Carrión «resulta evidente que no se garantizó el derecho a la vida y que las debidas diligencias iniciales fueron cuando menos negligentes».
Recordó que «tan solo dos meses de la muerte de Dina, el 23 de junio de 2010, la Fiscalía desistió del ejercicio de la acción penal por considerar el caso como suicidio, basándose, entre otras cosas, en un dictamen médico forense que concluyó que era una muerte por suicidio; en un informe policial que refirió que Dina tenía problemas matrimoniales, depresión y recibía tratamiento psiquiátrico; y estudios complementarios que señalaron que la única huella en el arma era de la occisa».
Cuestionó que en dicha decisión no se tomara en cuenta «la violencia previa sufrida por Dina durante su matrimonio, previo que estaba en proceso antes de que muriera, no se consideró que la separación podría haber sido una causa de femicidio, y se utilizaron estereotipos de género para determinar un suicidio».
La audiencia se realizó este 3 de julio, pero el dictamen de la Corte IDH puede durar meses, de acuerdo con defensores de derechos humanos. El Estado de Nicaragua no estuvo presente en la audiencia ni envió contestación a la Corte.