La mesa de negociación del salario mínimo se reunirá este jueves para intentar definir el nuevo salario mínimo que regirá a partir de mañana 1 de marzo en Nicaragua, en caso contrario la negociación se mantendría y el ajuste se deberá aplicar de manera retroactiva.
Son más de 200 mil trabajadores los que esperan dicho ajuste, en una negociación donde prácticamente todos los delegados, incluidos los empresarios, son afines al régimen de Daniel Ortega, que al final es el que decidirá la fijación del o los dígitos, en caso que se incline por definir un aumento diferencial.
Lo que sí está claro es que los sindicatos están presionando para que el ajuste sea diferenciado y además de dos dígitos en tres categorías: trabajadores del campo, las micro y pequeñas empresas, así como las medianas y grandes empresas en distintos sectores.
La propuesta es:
1. Pequeñas y medianas empresas: 10 por ciento
2. Sector agropecuario: 16 por ciento
3. Resto de actividades: 14 por ciento
De aplicarse, por ejemplo, un ajuste del 16 por ciento planteado para los trabajadores del campo, esto implicaría que las empresas deberán pagar por cada uno de ellos 831.41 córdobas adicionales en el salario, esto sin incluir otros aportes como el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS). Además, a estos trabajadores se les cubre en algunos casos alimentación y alojamiento.
Actualmente los trabajadores del campo tienen establecido un salario mínimo de 5,196.34 córdobas, que de aprobarse la propuesta de los sindicatos se elevaría a 6,027.75 córdobas.
En tanto, a las empresas pequeñas y medianas, un aumento del 10 por ciento en la paga implicaría añadir a este 547.48 córdobas, por lo que el salario pasaría de 5,474.77 córdobas a 6,022 córdobas.
En tanto, el ajuste de 14 por ciento para el resto de actividades, sin incluir zona franca, significaría que la construcción y establecimientos financieros observarán un incremento absoluto de 1,628 córdobas en su actual paga mínima que es de 11,628.95 córdobas.
Este últimos se ubica como el salario mínimo más alto de la tabla vigente hasta hoy 29 de febrero. Y el 1 de marzo subiría a 13,257 córdobas, en caso que el Gobierno acepte aprobar un alza del 14 por ciento que piden los sindicatos.
Cabe mencionar que la Asociación de Promoción al Desarrollo y Sostenibilidad de Nicaragua (Aprodesni), que asumió en la mesa de negociación el rol del desaparecido Consejo Superior de la Empresa Privada (Cosep) está ofreciendo un incremento de 16 por ciento para los trabajadores del campo, 12.99 para seis actividades económicas y las mipyme 8.31 por ciento.
Un exdirigente empresarial dijo en días recientes a LA PRENSA que la propuesta presentada por Aprodesni era “tan absurdo que zona franca y Gobierno central y municipal están en 8, 7 y 5 por ciento. Ahí se cae su lógica, porque el Gobierno no la asume como propia porque la ley no dice eso y las condiciones no se lo permiten”.
Pero los de Aprodesni aseguran que se requiere un ajuste de esa magnitud porque se requiere hacer un “ajuste retroactivo” para compensar los insignificantes ajustes que aprobaron en los años anteriores. En 2020 el ajuste fue de 2.6 por ciento y en 2021 de 3 por ciento. También aseguran que la propuesta busca incrementar la cantidad de trabajadores que deben pagar Impuesto sobre la Renta (IR), sin importar que atenta contra los sectores que están haciendo que la economía tenga un crecimiento vegetativo, que son la industria, las minas y el agro.
Aprodesni decidió el jueves pasado apoyar un ajuste del 16 por ciento en el campo, pese a que el sector no tuvo un año halagador en materia de comercial en el 2023.
Según datos del Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (Mific), en el 2023 los ingresos por exportaciones —sin incluir zona franca— totalizaron 4,003.3 millones de dólares, apenas 4.2 por ciento más comparado con el 2022.
A continuación los salarios vigentes hasta este 29 de febrero
| Actividad económica | Salario mínimo vigente |
| Agropecuario* | 5,196.34 |
| Pesca | 7,901.21 |
| Minas y canteras | 9,332.44 |
| Industrias manufactureras | 6,987.06 |
| Micro y pequeña industria artesanal y Turística nacional | 5,474.77 |
| Electricidad, agua, comercio, restaurante y hoteles; Transporte, Almacenamiento y Comunicaciones | 9,531.14 |
| Construcción, Establecimiento financiero y Seguros | 11,628.95 |
| Servicios comunales, sociales y personales | 7,284.71 |
| Gobierno Central y Municipal | 6,480.04 |
| Industrias sujetas al régimen especial fiscal** | 8,098.46 |
**Ajuste acordado y puesto en marcha desde el 1 de enero
* Más alimentación