La noche del pasado 17 de abril, la joven F.G.M.V.,de 27 años, regresaba a su casa en el barrio San Judas después de hacer un mandado, cuando de manera inesperada Julio Rafael Ruiz, de 42 años, quien andaba ebrio, le tomó de la cintura por detrás y acto seguido le manoseó sus partes íntimas.
Así lo dice la acusación que por abuso sexual ha presentado el Ministerio Público en el Juzgado Primero Distrito Penal de Adolescente y Especializado en Violencia de Managua, contra el hombre habitante de la colonia 14 de Septiembre, Distrito Cinco de Managua.
Lea también: Abogado y fiscal reclaman a jueza por la libertad de policía acusado de homicidio imprudente
La víctima, quien al verse agredida sexualmente salió corriendo hacia su casa, fue auxiliada por familiares y vecinos, quienes retuvieron a Julio Ruiz y lo entregaron a las autoridades del Distrito Tres de Policía.
El fiscal auxiliar Juan Pablo Méndez al exponer la acusación señaló que la víctima fue sometida a situaciones que pusieron en peligro su dignidad e integridad sexual.
Defensa ofrece video
En la audiencia preliminar la abogada Ana Julia González Mora —quien ejerce la defensa de Julio Ruiz— rechazó los cargos formulados por el órgano acusador contra su representado y aseguró tener pruebas de que el reo no agredió sexualmente a F.G.M.V.
“Hay un video donde se prueba que mi representado no hizo nada”, aseguró la abogada defensora ante el juez Primero Distrito Penal de Adolescente y Especializado en Violencia, Róger Sánchez Báez.
La abogada defensora también reclamó que su representado fue golpeado por vecinos y parientes de la víctima causándole una herida en la cabeza.
Resolución judicial
Al concluir la audiencia preliminar, el juez Róger Sánchez Báez aceptó la acusación presentada por el Ministerio Público, dictó prisión preventiva y programó la audiencia inicial para el próximo 4 de mayo y ordenó que el reo sea examinado por un médico forense.
Lea además: Conductor causante de la muerte de joven trabajadora manejaba ebrio, confirma acusación fiscal
En su resolución el judicial explica que la única medida que garantiza la presencia del acusado en el proceso es el arresto preventivo, agregando que de imponer una medida cautelar diferente el imputado podría obstaculizar la averiguación de la verdad.