La Policía Profesional de Migración de Costa Rica expulsó este viernes a dos nicaragüenses sospechosos de haber participado en el crimen de padre e hijo, en una comunidad de Río San Juan.
Uno de los sujetos es Adrián Suárez Robleto, de 26 años, quien fue capturado esta semana en Costa Rica, luego de huir de la comunidad La Cucaracha, jurisdicción de San Carlos, Río San Juan. Suárez es el principal sospechoso de matar a Ventura Mejía, de 75 años, y su hijo Cecilio Mejía, de 45.
Suárez le habría quitado la vida a machetazos a los dos hombres y también lesionó a una mujer durante una discusión surgida cuando víctimas y el presunto victimario tomaban licor el pasado fin de semana.
Deportación bajo altos niveles de seguridad
Primeramente se hablaba solo de la participación de Suárez, pero este viernes las autoridades ticas reportaron que por ese mismo doble crimen fue expulsado del país otro sujeto de apellidos Jirón Robleto, «se cree que estos sujetos fueron aprehendidos en el sector de Upala, luego de haber dejado sin vida a dos personas en Nicaragua e hirieron gravemente a una mujer, por lo que la deportación se realizó bajo altos niveles de seguridad».

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Suárez Robleto tuvo cédula de residente en Costa Rica, pero esta se le venció en el año 2016, según las autoridades ticas. Con la expulsión del vecino país, ninguno de los dos sujetos podrá ingresar a Costa Rica en un plazo de cinco años.
Ambos sujetos fueron entregados a la Policía nicaragüense.
Expulsado por abuso sexual y pornografía
Otro nicaragüense también fue expulsado de Costa Rica, se trata de un hombre de apellidos Arróliga Urbina, quien fue detenido el pasado fin de semana por abuso sexual a menor de edad y dos delitos de difusión de pornografía.
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Arróliga fue detenido después de haber cumplido las condenas por los tres delitos.
Según las leyes ticas, Arróliga no podrá regresar a Costa Rica en un plazo de 25 años y perderá su condición migratoria, esto porque según la Ley General de Migración y Extranjería «la persona extranjera que tenga una categoría migratoria, deberá abandonar el territorio nacional, cuando se considere la comisión de un delito contra una persona menor de edad, siempre y cuando se trate de delitos dolosos, o bien, de agresiones o delitos contra la vida de la mujer o de personas con discapacidad o adultos mayores».