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Corte Constitucional de Ecuador despenaliza el aborto en casos de violación

La ley solo permitía el procedimiento cuando el embarazo era producto de una agresión contra una mujer con discapacidad mental

La Corte Constitucional (CC) de Ecuador resolvió el miércoles despenalizar el aborto en casos de violación, informó el defensor del Pueblo, Freddy Carrión, luego de que ese organismo modificara la ley que permitía el procedimiento cuando el embarazo era producto de una agresión contra una mujer con discapacidad mental.

«La resolución de la @CorteConstEcu que despenaliza el aborto por violación es posible gracias a las mujeres y colectivos feministas que han venido luchando permanentemente por tener una sociedad más justa e igualitaria, sin ellas no sería posible que hoy #Esley», señaló Carrión en su cuenta de Twitter.

Su cartera indicó a través de esa misma red social que «la Corte Constitucional del Ecuador en respuesta a varias acciones de inconstitucionalidad, entre ellas la presentada por la Defensoría del Pueblo, ha dado un paso importante para lograr la igualdad real en nuestra sociedad. Desde hoy, ninguna mujer violada será criminalizada, ahora deben ser protegidas por el Estado».

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La CC resolvió una demanda de inconstitucionalidad presentada por la Defensoría del Pueblo y colectivos sociales contra artículos penales que fijan sanciones para el aborto consentido, de hasta tres años, y establecen que no será castigado cuando la salud de la embarazada corra peligro o que sea a consecuencia de una violación a una mujer que padezca de discapacidad mental.

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