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Asamblea Nacional, Código Procesal Penal, detención, cárcel por tres meses, Nicaragua, represión

Diputados FSLN defienden reforma que permite mantener a una persona detenida tres meses, sin ser acusada

Para el diputado orteguista Carlos Emilio López, detener en una cárcel entre 15 a 90 días a una persona sin que haya acusación en su contra es "respetarle los derechos humanos". El jurista José Pallais afirmó que se profundiza el modelo cubano en Nicaragua

La junta directiva de la Asamblea Nacional convocó a sesión este 28 de enero para dar trámite a la propuesta de reforma al Código Procesal Penal (CPP), que amplía hasta en 90 días el tiempo de detención de una persona para que sea investigada por su supuesta relación con un delito.

La persona estará detenida aun sin que la Fiscalía presente una acusación formal en su contra, lo cual ha sido denunciado por juristas independientes y defensores de derechos humanos como una violación a la Constitución y la profundización en Nicaragua del modelo cubano de represión.

La iniciativa de reforma al CPP pasó a la Comisión de Justicia para ser consultada, antes de ser aprobada por los legisladores. Los orteguistas, que son mayoría en la comisión, solo permitirán opinar a representantes de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Policía Orteguista (PO), al Ministerio Público, la Procuraduría General de la República y a otras instituciones estatales que son utilizadas por el régimen de Daniel Ortega para criminalizar a los ciudadanos opositores.

Carlos Emilio López dice que se “están respetando los derechos humanos”

Carlos Emilio López, miembro de la Comisión de Justicia y uno de los principales operadores del régimen, tergiversó el alcance práctico de la reforma por cuanto en su versión, detener en cárcel entre 15 y 90 días a una persona sin que haya acusación normal en su contra, es respetarle los derechos humanos y la presunción de inocencia.

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“Esta reforma lo que viene a hacer es garantizar que el Ministerio Público pueda realizar una investigación técnica jurídica, recopilar todas las pruebas periciales, testificales para presentar una acción penal sustentada técnicamente”, dijo López al finalizar la sesión parlamentaria.

El legislador orteguista calló sobre las repercusiones morales, económicas y familiares que habría sobre el ciudadano que permanezca hasta tres meses en la cárcel, y este al final resulta ser inocente. Según el parlamentario, que dice ser defensor de los derechos humanos, este mecanismo asegura la defensa correcta de las víctimas.

“Da la posibilidad de que la defensa pueda realizar una defensa técnica y pertinente, que pueda garantizar el principio de presunción de inocencia, y que la autoridad judicial tenga suficiente tiempo para construir una sentencia fundamentada en derecho y motivada a los distintos elementos que se le puedan prever”, dijo López.

En Nicaragua, la Constitución y las leyes penales establecen un plazo máximo de 48 horas para que se presente acusación formal contra un sospechoso, y de no hacerlo, la persona deberá ser liberada. Con la reforma al Código Procesal Penal que formalizó la diputada del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN), Maritza Espinales, en nombre de su bancada, ahora sería legal tener detenida a una persona mientras se le investiga, hasta por tres meses.

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Maritza Espinales, diputada del FSLN, es promotora de la reforma penal para extender el plazo para investigar a personas detenidas.LA PRENSA/ ARCHIVO

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El orteguista López repitió que solo están adecuando el sistema a lo que existe en el resto de América Latina, Estados Unidos y Canadá, mismos argumentos de los del FSLN cuando aprobaron la cadena perpetua contra crímenes de odio con la reforma constitucional, al Código Penal y la Ley de Defensa contra la Violencia hacia las Mujeres.

“En América Latina lo que dura en promedio el proceso de investigación y del ejercicio de la acción penal estamos hablando entre tres y seis meses. (…) En todas partes del mundo, Estados Unidos, Canadá, existen plazos mínimos, máximos en el cual una persona imputada transcurre en un proceso judicial, y en ese lapso se va a demostrar la culpabilidad de esta persona, o no, y una vez que se emita la sentencia judicial quedará dilucidada la responsabilidad penal o no de la persona que sea procesada”, dijo López.

Copia de la represión cubana

El experto en temas constitucionales José Pallais señaló que lo afirmado por el diputado Carlos Emilio López “son falsedades”, porque explicó que en los países democráticos “donde hay Estado de derecho primero se investiga y luego se detiene a una persona”.

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“Lo que pasa en Nicaragua es que el régimen de Ortega te detiene primero y después te inventan el delito, por lo que con esta reforma al Código Procesal Penal lo que quieren es legalizar esa práctica de abusos. Es absurdo que pretenden que te pueden tener detenido tres meses sin presentar acusación, eso es violatorio a los derechos humanos, viola el Pacto de San José y va contra el principio de derecho penal moderno”, aseguró Pallais, exdiputado opositor.

Explicó el jurista que los artículos 130 y 135 del Código Procesal Penal ya establecen la “tramitación compleja”, que es el mecanismo para que la parte acusatoria pida al juez alargar los plazos para profundizar la investigación y recabar pruebas de un caso, pero ese paso jurídicamente se sostiene porque existe una acusación formal en contra de una persona.

Con la reforma para dejar preso de 15 a 90 días a una persona sin que haya una acusación formal, según Pallais, “los jueces se convierten en meros carceleros de la dictadura”, porque se pretende dar legalidad a la captura sin fundamentos de personas inocentes.

“Perfeccionan el estado policial que niega derechos humanos a los ciudadanos, es falso que estemos acercándonos a países democráticos: este modelo es el que funciona en Venezuela, Cuba y Corea del Norte”, afirmó Pallais.

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