El despido de un grupo de profesores de la Facultad de Odontología en la UNAN-León, y el acuerdo del Consejo Universitario que le precedió, constituyen un desvergonzado atropello a la Ley, pero además una gran insensatez.
En efecto, la UNAN-León, aparte de la sujeción a la Ley que todos estamos llamados a guardar, tiene como su primer valor declarado la legalidad. Además, su misión educativa y el hecho de tener una Escuela de Derecho le obligan especialmente a actuar correctamente. Pero no es así.
El 20 de agosto, el Consejo Universitario acordó que su potestad de despedir profesores, que el estatuto le concede en forma exclusiva, se lo pasa por tres meses a la rectora.
Esto sería legal si sólo se toma en cuenta el estatuto, pues el Consejo Universitario está facultado para modificarlo.
Pero lo que ocurre es que la Ley 89, Ley de Autonomía de las Instituciones de Educación Superior, que está por encima del estatuto, establece que es el Consejo Universitario el que tiene la atribución de despedir a un profesor (arto. 16), mientras le niega esta atribución al rector (arto. 21).
Posiblemente, los legisladores pensaron que la probabilidad de una injusticia es menor si la decisión la toma un órgano colegiado, que una persona sola.
De tal manera, tenemos un Consejo Universitario actuando en contravención a la Ley. Pero la ilegalidad en el despido de estos profesores va más allá. En efecto, el arto. 159 del estatuto define las faltas muy graves en las que debe de incurrir un profesor para ser despedido. O sea, la Universidad no puede, legalmente, despedir a un profesor si no ha incurrido en este tipo de faltas.
Además de una causa, debe de haber un proceso, que se inicia con una investigación y un análisis preliminar en la facultad donde trabaja el profesor. Allí se decide si hay méritos o no para elevar el asunto al Consejo Universitario.
En todo el proceso, el profesor tiene derecho a la defensa y a la intervención del sindicato. En el despido de estos profesores, y de otros anteriormente, no hay ni causa, ni proceso. Una ilegalidad mayúscula.
La insensatez en que ha incurrido el Consejo Universitario es que, al tomar el acuerdo mencionado, dejan totalmente al descubierto la ilegalidad con que actuó antes la rectora.
En efecto, hace dos años ella le canceló el nombramiento a nueve profesores de la Facultad de Ciencias Médicas, o sea, antes de este “acuerdo habilitante” y espurio. Así, la han dejado sin posibilidades de defensa ante una eventual acusación por el delito de abuso de autoridad, contemplado en el Código Penal, que la inhabilitaría para seguir en el cargo, y que también contempla prisión para el que delinque.
Actuaciones erradas como estas hacen ver la urgente necesidad de un cambio de fondo en el país, donde las universidades vuelvan a ser centros educativos al servicio de la Nación y de la juventud, y no de un partido político.
El autor es médico leonés.