La Policía dio a conocer ayer una normativa para adquirir, transportar y almacenar pólvora. LA PRENSA/ARCHIVO

Pólvora solo para mayores de 18 años

Por ejemplo, dentro de las prohibiciones están: adquirir pólvora sin cumplir con lo establecido en la normativa, brindar datos falsos a la Policía Nacional, así como destinar para el uso y manejo de la pólvora a una persona diferente a la indicada en el permiso policial

A raíz de la explosión ocurrida en la Alcaldía de Nagarote, el pasado 22 de agosto, la Policía emitió ayer una normativa en la que regula el uso, transporte y almacenamiento de pólvora. La misma contiene prohibiciones y sanciones para quienes no cumplan con lo establecido por esa institución. Así como supervisiones y capacitaciones a quienes manipulen la pólvora.

Por ejemplo, dentro de las prohibiciones están: adquirir pólvora sin cumplir con lo establecido en la normativa, brindar datos falsos a la Policía Nacional, así como destinar para el uso y manejo de la pólvora a una persona diferente a la indicada en el permiso policial, o almacenar productos no compatibles con la pólvora como sustancias inflamables.

Y en caso de comerciantes que no cumplan con lo establecido implica sanciones como decomiso del producto y cancelación del permiso; aparte de la responsabilidad sea penal o civil por la infracción incurrida.

Y aclara la normativa que “las personas que como resultado del no cumplimiento de las presentes regulaciones provoquen pérdidas de vidas, y daños materiales, serán puestas a la orden de los tribunales competentes”.

De acuerdo con esta normativa, toda persona mayor de 18 años puede adquirir y transportar libremente morteros y carga cerrada de diferentes tamaños, con un peso que no pase de cinco libras de pólvora. En caso de cohetes, está permitido no mayor a 72 unidades y hasta cinco toros encohetados debidamente embalados.

En caso de cantidades que superen lo establecido deberán solicitar autorización a la Dirección de Armas de la Policía Nacional en su sector, y lo podrán hacer personas mayores de 18 años. Debe informar la cantidad de pólvora que pretende adquirir, el tipo de transporte que utilizará, definir la ruta de traslado, el lugar de almacenamiento y la persona que va a cargo del transporte.

La solicitud debe hacerse dos días antes de que pretenda adquirir el producto, el que deberá utilizar en un plazo máximo de cinco días y designar la persona responsable del uso y manipulación de la pólvora.

“El producto debe estar perfectamente embalado con aislamiento suficiente que impida su contacto con metal”, señala la normativa.

A su vez contempla que los vehículos para el transporte de pólvora deben ser inspeccionados por la Policía, ya que debe estar en buen estado mecánico, con su respectivo extintor. Está prohibido trasladar pólvora en transporte colectivo y deberá cumplir con estrictas medidas de seguridad.

ALMACENAMIENTO

Sobre el almacenamiento de la pólvora la Policía establece que el local debe estar separado de la edificación principal del hogar y debidamente ventilado, desprovisto de energía eléctrica y limitarse el acceso a menores.

A su vez el techo y las paredes del local no deben ser generadores de calor y no debe utilizarse simultáneamente para guardar combustibles o sustancias químicas inflamables.

100 libras de artefactos pirotécnicos, que no incluyan morteros y cohetes o cualquier producto que pueda detonar con fricción o temperatura, puede ser adquirido y transportado libremente por persona mayor de 18 años.

 

 

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