El abogado constitucionalista Óscar Castillo está claro de que no es facultad de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolver temas de resultados electorales, pero recordó el estigma que le dejó reformar el Artículo 147 de la Constitución Política, para permitir la reelección presidencial consecutiva, cuando esa es una facultad de la Asamblea Nacional.
Ahora con el recurso de amparo presentado ante la CSJ por la organización indígena Yatama, debido a la denuncia de un cambio en los resultados de las elecciones regionales del pasado 2 de marzo, los magistrados judiciales alegan no tener competencia en materia electoral.
La sentencia declaró inaplicable el Arto. 147 de la Constitución de la República, firmada por Francisco Rosales, Rafael Solís, Ligia Molina, Yadira Centeno, Armengol Cuadra y Juana Méndez.
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“Según el Artículo 173, párrafo último de la Constitución Política y el Artículo 55, numeral 4 de la Ley de Amparo, para este caso no me queda la menor duda de que es de materia electoral y que la CSJ no tiene competencia para resolverlo”, citó Castillo.
No obstante, el jurista manifestó que el poder judicial bajo las órdenes del presidente inconstitucional Daniel Ortega, resuelve los casos a su conveniencia.
“El problema es que los magistrados pretenden entender cuando les conviene, qué cosa es de orden electoral o no”, afirmó el jurista.
Por su parte, la magistrada Alba Luz Ramos, presidenta de la CSJ, confirmó que el recurso de amparo de la organización indígena está en la Sala de lo Constitucional y antes de resolver este caso tienen que verificar si tienen la facultad para intervenir.
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