Los “TR” del Gran Canal

Guillermo Areas Cabrera

No soy experto en la materia, pero debido a un par de litigios ambientales que he llevado me vi obligado al estudio de la elaboración de estudios y contratos medioambientales y hoy me atrevo a escribir referente a los Términos de Referencia (TR) del Gran Canal.

Se llama TR al documento técnico que describe el objetivo, contenido y alcance que la autoridad ambiental señala para la elaboración y ejecución de los estudios ambientales que deben ser presentados ante la autoridad encargada de aprobar el Estudio de Impacto Ambiental (EIA).

Para lo anterior se hace necesario elaborar una guía de TR con el objeto de proporcionar los elementos técnicos necesarios para orientar a quienes formularan el EIA del proyecto, con el propósito que se integren todos los estudios y análisis necesarios, a fin de identificar, predecir, evaluar y comunicar los potenciales impactos ambientales que este pudiera generar, así como el programa para la mitigación, seguimiento y monitoreo de los impactos potenciales del proyecto según las leyes del “paisito”.

Para un caso como el Gran Canal, donde no existe una guía específica para la elaboración de los TR, hay que iniciar por establecer esta guía técnica, la cual debe de incluir los criterios para formar los equipos interdisciplinarios e interinstitucionales necesarios para que se elabore el adecuado TR e iniciar por buscar los profesionales que habrán de integrarlos. ¿Alguien tiene noticia de lo anterior?

La experiencia en Nicaragua es que estos criterios muchas veces no pueden ser cumplidos por la falta de personal técnico requerido para el caso y no contar con el presupuesto necesario para su pago y/o darle seguimiento al mismo. La pregunta es, tendremos la capacidad para hacer un TR adecuado a los intereses de Nicaragua en relación al proyecto del Gran Canal o el presupuesto necesario para sufragar los gastos que conlleva el mismo. ¿Alguien ha visto los TR del Gran Canal que conforme ley tiene que hacer Marena ?

La otra pregunta es, en caso podamos elaborar el TR y tengamos el presupuesto para ello, nos permitirá el señor Wang Jing hacerlo, pues de acuerdo al artículo 17 de la Ley 840 del Canal, inciso b), “Será inaplicable al proyecto o los sub-Proyectos: cualquier ley, código o decreto que tenga fuerza de ley, así como cualquier reglamento, decreto, ordenanza o resolución emitida por cualquier entidad gubernamental que contradiga o impida el cumplimiento de las obligaciones de cualquier parte de el MCA…” O sea que el chinito puede decir: “Yo hacel TR del Glan Canal, L’Etat Nicalagua C’est Moi”, por supuesto que en mandarín.

El vice de Marena, ingeniero Araquinstain dijo que son alrededor de 25 elementos los que componen los TR del Gran Canal, y mencionó que abarcan aspectos como el agua, la movilización de la biodiversidad, la evacuación de los sedimentos extraídos y la reparación de la zona afectada. Yo creo que son muchos más.

Solo para exigir caracterizar la composición de los principales grupos faunísticos y describir sus relaciones funcionales con el ambiente, haciendo énfasis en aquellos que son vulnerables por pérdida de hábitat, amenazadas, endémicas, vedadas, de valor comercial, entre otros, la información debe involucrar, como mínimo, los siguientes grupos: anfibios, reptiles, aves y mamíferos, determinando la existencia de áreas de reproducción, la de especies endémicas, en veda y amenazadas o en peligro crítico, así como las afectaciones socioeconómicas y culturales, climáticas y geológicas incluyendo hasta estudios arqueológicos para establecer si existen vestigios de antepasados con riesgo de destrucción con las obras a efectuarse.

No olvidemos que el Corredor Biológico de Mesoamérica pasa por nuestro Atlántico. ¿Cómo será afectado? ¿Dará lo anterior “vela en este entierro” al resto de países centroamericanos?

Aun con el totalitarismo existente en la China, elaborar los TR del proyecto de Las Tres Gargantas tomo casi cinco años y la Asamblea Popular Nacional aprobó la construcción del proyecto en 1992 con 1767 votos a favor, 177 en contra y 664 abstenciones debido a la oposición de los medioambientalistas chinos. Se obtuvieron solo 12 votos por arriba del mínimo de 1,755 votos favorables que se requerían para aprobar el proyecto.

Lo anterior significa una oposición sin precedentes en una institución que es empleada únicamente para refrendar proyectos. Abundaron las Xochitl.

Al día de hoy, que parece que ya están efectuando estudios de impacto ambiental, me pregunto: ¿se hicieron los TR del Gran Canal? ¿Quién los hizo? Protegen nuestros intereses y recursos naturales o los del chinito? El autor es abogado.

 

Columna del día Opinión Canal interoceánico Gran Canal archivo

COMENTARIOS

  1. LOS "TR" NO SE NECESITAN PARA MANEJAR UNA FINCA
    Hace 13 años

    El documento de términos de referencia no es de aplicación exclusiva para estudios ambientales, se aplica también a contratos para estudios de ingeniería y a cualquier otro contrato en el que sea necesario describir inequívocamente el objetivo, contenido y alcance del trabajo en propuesta. Los contratos de construcción de obras importantes, por ejemplo, requieren términos de referencia. Sin ese documento es imposible ejecutar y administrar racionalmente ningún contrato de alguna compleji

  2. Andrew
    Hace 13 años

    Buen escrito, los sandinistas entreguistas REGALARON nuestra PATRIA en bandeja de oro al testaferro del gobierno chino comunista, lo bueno de todo esto vamos a ver cuantos «HIJOS» de…. $andino salen a defender la $oberania, recordemos que por el cuatrero no se construyó el CANAL INTEROCEANICO en nuestro Territorio, ADUCIENDO intervencionismo de una potencia en NUESTROS asuntos INTERNOS y la mal gastada DEFENSA de la $oberania Nacional, «Si la Patria es pequeña NI SE VENDE ni se EMPEÑA» Grac

  3. Guillermo Areas
    Hace 13 años

    Y quien dijo que eran de aplicación exclusiva a los estudios ambientales.

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