Álvaro Osorio, de la Procuraduría de los Derechos Humanos. LA PRENSA/ ARCHIVO

Sanciones por quemaduras a jubilado

Dolor e indignación causó en la opinión pública el caso de don Róger Castaño, el jubilado que recibió quemaduras de segundo y tercer grado en la espalda mientras se le realizaba una intervención quirúrgica en el Hospital Solidaridad.

Carla Torres Solórzano

Dolor e indignación causó en la opinión pública el caso de don Róger Castaño, el jubilado que recibió quemaduras de segundo y tercer grado en la espalda mientras se le realizaba una intervención quirúrgica en el Hospital Solidaridad.

Álvaro Osorio, delegado departamental de Managua de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, aseguró que esta institución tomó de oficio el caso de Róger Castaño en base a las publicaciones de LA PRENSA.

“Mandamos a solicitar el informe de la evaluación de la calidad de la atención que según la Ley General de Salud se debe hacer en un caso relevante o el afectado renuncia, el objetivo según la ley es observar si se vulneraron los protocolos de atención establecidos”, dijo Osorio.

Además explicó que el Sistema Local de Atención Integral en Salud (Silais-Managua) informó que se impuso una sanción administrativa económica al jefe de la Sala de Operaciones debido a la falta de supervisión del personal a su cargo en el uso adecuado de los equipos de dicha sala.

La sanción administrativa fue de 2,298 córdobas, los cuales deberán ser depositados en la caja de esta unidad de salud, esto en base a una comisión bipartita que se realizó en torno al caso.

Otra de las personas sancionadas es la técnico quirúrgico que estuvo a cargo del procedimiento. Además fue la persona responsable de utilizar el electrodo a la hora de realizar la cirugía.

Según Osorio, se elaboró acta de compromiso en su expediente laboral, en el momento que vuelva a incurrir en un hecho similar le sería cancelado su contrato laboral.

La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos considera que las sanciones fueron tipificadas como leves, por lo tanto solicitará una revisión de las sanciones porque los hechos acontecidos son considerados graves.

La Ley 423, Ley General de Salud, establece que las sanciones leves son de 500 a 5,000 córdobas y se aplican cuando no hay daños a la salud; en cambio las sanciones graves se aplican cuando los daños a la salud son reversibles y van desde 5,001 hasta 30,000 córdobas.

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COMENTARIOS

  1. cesar m
    Hace 13 años

    estos son los resultados cuando los sindicatos orteguistas sacan a la gente preparada y con conocimientos medicos por no ser orteguistas y meten a sus companeros de partido no importando cuanto sabe o que danos podrian causar.

  2. lopez
    Hace 13 años

    estoy de acuerdo que se sancione cuando se cuente con los recursos necesarios para llevar a cabo un procedimiento quirúrgico, pero existen unidades de salud que no cuentan con la garantía necesaria para llevar a cabo una cirugía dándose een algunos casos que a mitad de cirugía se descompone XoY equipo sin embargo siempre el MINSA queda exonerado de culpa y recae sobre el cirujano y su equipo, revisen también el grado de responsabilidad del MINSA.

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