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Habemus ley contra lavado de dinero

Finalmente después de más de dos años de intensos debates al interior de la pasada legislatura y parte de la actual así como con los sectores involucrados, el Senado mexicano aprobó durante la semana pasada la tan necesaria Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con recursos de Procedencia Ilícita (Ley contra lavado de dinero).

Ramón García Gibson (*)

Finalmente después de más de dos años de intensos debates al interior de la pasada legislatura y parte de la actual así como con los sectores involucrados, el Senado mexicano aprobó durante la semana pasada la tan necesaria Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con recursos de Procedencia Ilícita (Ley contra lavado de dinero).

Usted se preguntará estimado lector ¿cuál es la ventaja de contar con una ley de esta naturaleza?, ¿ayudará para atacar a la delincuencia organizada de forma adecuada? Muchas pueden ser las interrogantes así como opiniones sobre el tema pero a ciencia cierta nadie al día de hoy puede tener las respuestas a un problema que ya hemos visto que es complejo, delicado y que corresponderá a la administración del presidente electo Enrique Peña Nieto enfrentar con este nuevo instrumento legal.

Coincido con muchas personas en el sentido que a la delincuencia organizada, en cualquiera de sus modalidades, se le tiene que combatir de forma decidida aunque las técnicas pueden ser tan variadas como se vayan sofisticando dichas mafias para perpetrar sus delitos.

Existe un concepto con el que siempre cualquier estratega debe coincidir con sus pares y es sin lugar a dudas el seguir la ruta del dinero, concepto tan sencillo en la teoría aunque no tan fácil de lograr en la práctica. Resulta lógico pensar que si los delincuentes están organizados las autoridades tanto en México como en la región latinoamericana también deberían de estarlo sobre todo tratándose de un delito como el lavado de dinero que tanto para su prevención como combate requieren de cierto perfil de especialización y no el convencional que pudieran tener fiscales, investigadores, policías, autoridades supervisoras y juzgadores.

Con justa razón me pudiera cuestionar cualquiera de los actores arriba mencionados sobre ¿en qué baso mi argumento para afirmar que el lavado de dinero debe prevenirse, investigarse, combatirse y juzgarse en nuestro hemisferio utilizándose un mayor grado de especialización que el aplicado a la gran mayoría de los delitos tanto del fuero común como del federal?

La respuesta pudiera resultar tan sencilla como el cuantificar por país y sector el número de sentencias condenatorias que en nuestra región latinoamericana se tienen por este delito, el resultado podría ser muy preocupante basado principalmente en el bajo número de las mismas en algunos países comparado con los grandes volúmenes de dinero procedente de actividades ilícitas presuntamente operados por la delincuencia organizada así como la inexistencia de las mismas en algunos sectores además del financiero considerados como vulnerables o proclives a ser utilizados por lavadores de dinero como los que ahora prevé la nueva ley contra el lavado de dinero de México (compra/venta de inmuebles, construcción, vehículos nuevos, usados, aéreos o marítimos, obras de arte así como joyas juegos y sorteos entre otros).

La Ley contiene aspectos innovadores sobre todo en el capítulo que se refiere a autoridades que sin duda es el talón de Aquiles en muchos de los países de nuestra región latinoamericana pues muchas veces dichas autoridades resultan ser ineficientes no necesariamente de forma deliberada sino más bien por falta de una coordinación adecuada entre las mismas.

En esta materia la nueva ley mexicana (primera en dicha materia en el país) prevé, entre otros supuestos, el que las autoridades deben coordinar sus acciones, en el ámbito de sus respectivas competencias, para el cumplimiento de la ley que es “proteger el sistema financiero y la economía nacional, estableciendo medidas y procedimientos para prevenir y detectar actos u operaciones que involucren recursos de procedencia ilícita, a través de una coordinación interinstitucional, que tenga como fines recabar elementos útiles para investigar y perseguir los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, los relacionados con estos últimos, las estructuras financieras de las organizaciones delictivas y evitar el uso de los recursos para su financiamiento”.

El éxito de la ley radica, desde mi punto de vista, en el grado de coordinación interinstitucional que se logre desarrollar en la práctica cotidiana por dichas autoridades, tarea nada sencilla por lo disímbolo de sus funciones en los campos de prevención, detección y combate del lavado de dinero. Sin duda la ley contra el lavado de dinero resulta ser una herramienta muy poderosa para identificar el dinero de la delincuencia organizada sobre todo en sectores que no se tenían en el radar para el seguimiento por parte de las autoridades correspondientes en lo que a este delito se refiere.

Mi enhorabuena al Congreso mexicano por la aprobación de la ley y mucha suerte a la nueva administración federal que inicia el próximo primero de diciembre en el logro de una efectiva aplicación del objeto de la misma, estoy seguro que tomarán en cuenta la frase de Peter F. Drucker, abogado y tratadista austríaco al decir que “la mejor estructura no garantizará los resultados ni el rendimiento. Pero la estructura equivocada es una garantía de fracaso”.

Como siempre, usted tendrá una muy buena opinión sobre el tema estimado lector.

(*)Esta columna es publicada los lunes en El Financiero de México.

[email protected]

Economía dinero lavado Ley archivo

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COMENTARIOS

  1. Jimmy Figueroa
    Hace 12 años

    Me parecce bien lo de la ley, pero parece ser que el escritor de esta columna,desconoce que existe un organismo internacional que rectorea estos temas y se capacitan a policías, fiscales, jueces, para que de una manera conjunta se realice un combate estructurado al crimen organizado, no solo en la región, sino en el mundo. pero se ve que dicha ley recoge aspectos novedosos y sería monitorear sus resultados luego de su entrada en vigencia.

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