Un presidente inconstitucional, un poder judicial inconstitucional, un poder electoral inconstitucional, una jefatura de Policía inconstitucional ¿Cómo puede funcionar un Estado donde todo es inconstitucional? Pues sí funciona; mal, pero funciona. Este es el caso de Nicaragua, donde la Constitución no es respetada, sino utilizada por los dictadores y caudillos populistas para “legalizar” sus abusos políticos. ¿Y el pueblo de Nicaragua? como dijo un día Somoza García a un reportero estadounidense: “El pueblo no cuenta”.
En nuestra realidad, el pueblo nicaragüense nunca ha contado, los sátrapas políticos siguen haciendo de las suyas: sometiendo y explotando, mintiendo y engañando.
Y a propósito ¿para qué sirve la Constitución? En su forma más simple el objeto de la Constitución es limitar el poder. Otra pregunta ¿alguna vez la Constitución ha limitado los insanos apetitos de los gobernantes de Nicaragua?
Dice nuestra Constitución: “Todos los nicaragüenses tienen derecho al trabajo”, pero no hay trabajo. No hay dinero para pagarles con justicia a los maestros; pero abundan los megasalarios en las altas esferas gubernamentales. Los nicaragüenses tienen derecho a la salud, pero este pueblo es el más enfermo del continente. En los hospitales no hay medicinas y los médicos van a la huelga en reclamo de mejores salarios.
Desde 1812 Nicaragua ha tenido 15 constituciones, dos proyectos de constitución, dos constituciones llamadas “Non Natas”, una constitución llamada “La Libérrima” y otra llamada “La Autocrática”. ¿Y las demás cómo se llaman?
En este abundoso repertorio destaca el principio que se repite en cada constitución: la “soberanía” del pueblo por la cual ejerce el poder por medio de sus “representantes” ¿cuándo el pueblo nicaragüense ha elegido a un diputado? Todos, a lo largo de los partidos políticos que se coluden siempre en contra de los intereses populares y a favor de intereses espurios.
La Constitución de Nicaragua es una antología de todo lo que se puede hacer para contravenir su mandato, ya que el pueblo vota “soberanamente” pero no elige. En toda la historia los partidos, dictadores y gobiernos han llamado al pueblo a votar, el pueblo vota, pero ellos, los mandantes son los que eligen.
En la Constitución de Nicaragua se encuentran rasgos muy originales del usufructo del poder. En la primera Constitución de Somoza García (22 de marzo de 1939) dice el artículo 201: “El poder ejecutivo se ejerce por un ciudadano con el título de Presidente de la República. Es el jefe del Estado y personifica a la Nación”. Aquí se evidencia la influencia ideológica de movimientos totalitarios que ante de la Segunda Guerra Mundial, se popularizaron en Europa. Somoza era admirador del fascismo italiano y del nacional-socialismo alemán, que trataba de apoderarse de Europa.
Tras el Golpe de Estado al doctor Leonardo Argüello, la dictadura somocista cayó en un limbo internacional; Somoza se sintió aislado y tuvo que negociar en 1950 con el general Emiliano Chamorro, una nueva Constitución. Ese pacto se llamó “Pacto de los Generales”, en virtud del cual se estableció el principio de minorías en la organización de los Poderes del Estado, que no fue otra cosa que una repartición más generosa con los conservadores, del presupuesto nacional.
Todavía no se agotan las peripecias políticas que desfiguran y desvaloran a la Constitución como la ley suprema del Estado y como garante de los derechos y libertades del pueblo nicaragüense. El autor es periodista
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