Madres inscribirán a presuntos

Las mujeres podrán inscribir a sus hijos con el apellido de quien consideren que es el papá y este quedará registrado como tal.

Madres inscribirán a presuntos padres

Ramón H. Potosme

Las mujeres podrán inscribir a sus hijos con el apellido de quien consideren que es el papá y este quedará registrado como tal.

Si la pareja se opusiera a la decisión, podrá impugnar la inscripción y pedir un examen de ADN para determinar con certeza la paternidad.

Esto es parte de lo último que se aprobó en el Código de la Familia votado favorable en lo general, pero cuya discusión particular de 649 artículos continúa.

La disposición que permitirá a las madres inscribir a quien ellas consideran es el padre de su hijo está en el artículo 194 del dictamen del Código.

LO QUE ESTABLECE LA LEY

Este artículo establece: “Al momento de la inscripción de un niño o niña y no haya reconocimiento del padre, la madre podrá declarar quien es el presunto padre de su hijo o hija, de conformidad a lo establecido en el presente Código”.

La presidente de la Comisión de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Nacional, Irma Dávila, explicó que si el examen de ADN determina que el demandante no es el padre, la mujer deberá pagar el examen, pero si se determinara la paternidad, el señalado deberá pagar el costo de la prueba.

Según Dávila, si la mujer demuestra que no está en capacidad de pagar el examen de ADN lo deberá asumir el Estado. Los exámenes deberán efectuarse en el Instituto de Medicina Legal.

“No violenta (derecho de nadie) porque si ella presume que es de él, lo inscribe. La Ley se lo permite, y a él, la ley le da el derecho a impugnar. Si la mujer presume que en una fiesta él la embarazó, ella puede inscribirlo con su apellido, pero él puede recurrir (en contra)”, dijo Dávila.

Por otro lado, aprobaron la promoción de la inscripción de menores. Para ello establecieron que hasta la edad de siete años podrán inscribirlos y sacar su partida de nacimiento sin costo alguno, eliminando así el proceso de reposición de partidas.

“Para la inscripción se hará una campaña entre el Ministerio de la Familia, las alcaldías y el Ministerio de la Salud, para buscar que todos los niños y niñas tengan su identidad”, expresó Dávila.

También dijo que ordenarán el registro de defunciones. Para ello se estableció que para ser enterrado deberán contar con un certificado de defunción debidamente registrado.

Pero en caso de que tal gestión sea imposible de realizar, deberán presentar un certificado de defunción de parte de la unidad de salud, el de un médico o la partera, quienes reportarán el hecho al Centro de Salud más cercano.

Política ADN Código de la Familia madres archivo

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COMENTARIOS

  1. CHIQUITA
    Hace 14 años

    TENGO UNA PREGUNTA: Y SI UNA MADRE YA INSCRIBIO A SU HIJO SOLO CON SU APELLIDO Y QUIERE QUE LLEVE EL APELLIDO DEL PADRE…QUE SE HACE?
    EL PADRE ESTA FUERA DEL PAIS.

    SALUDES

  2. Andrew
    Hace 14 años

    La presidente de la Comisión de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Nacional, Irma Dávila, me imagino que anduvo de fieste en fiesta por su vasta experiencia dando asi luz verde a cualquier mujer ha señalar al que se le antoje de ser el padre de su hijo y asi ir sobre una demanda de pensión de alimentos que se ha vuesto en un negocio lucrativo para muchas mujeres y que no solventan las necesidades del menor si mas bien los gastos de la mujer.

  3. ceviroco
    Hace 14 años

    No lo considero apropiado que baste el criterio o decisición de una mujer para ponerle en el registro un padre a un niño y dicho padre imputado no darse cuenta hasta que le caiga una demanda de alimentos. Imaginense que aparezca la María de los Guardias inscribiendo un hijo y poniendo como padre al Vicepresidente de Nicaragua. Si bien es cierto que puede recurrir a la prueba del ADN, pero despues que se ha armado el esca’ndalo público la duda quedará en al ambiente si tuvieron relaciones o

  4. Responsable
    Hace 14 años

    No estoy de acuerdo. La inscripción en el registro civil de las personas es un acto juridico. Las costas no se limitan al analisis de ADN. Los abogados cobran, la municipalidad cobra. Ademas el registro civil cargaria con una gran cantidad de registros que seran impugnados y que deberan corregirse y que en un futuro si no se realiza provocara doble identidad y ciudadanos inscritos en el registro que no existen. Es el Caos. Primero se debe demostrar la paternidad y luego hacer el registro.

  5. El legislador
    Hace 14 años

    No estoy de acuerdo con esa ley del codigo de familia en el articulo 194. La palabra presume, no es valida en los contenido legales ya que no es, un si, o un no. Para estableser un apellido de un dicho padre, eso tiene que pasar por las corte, para verificar la prueba de ADN, y tiene que ser dictaminado por un jues local, no al descarado como lo esta dictaminando el Articulo 194, donde viola los derecho del hombre y es inscontistucional. Todo a legato primero tiene que pasar por un jucio juso.

  6. El legislador
    Hace 14 años

    Este tipo de juicio, tiene que tener un tiempo de terminado no para toda la vida, como lo dice el arto 194. Le podemos aplicar a una mujer un desestablishment of paternite, que seria desestableser la paternida, y para ser eso tiene que pasar por la corte y solo un jues puede hacerlo. No descaradamente como lo dice el arto. La palabra presume no existe en los terminos legales. Esto diputado no saben lo que estan haciendo y prueban leyes absurda.

  7. moreno
    Hace 14 años

    da tristeza como estan aprobando el codigo de familia,a una velocidad extrema,no se percatan de las consecuencias juridicas para el pueblo tanto social y economco,ejemplo dice esta sra irma davila. que el adn se lo haran en el instituo de medicina legal, saben el costo que este tiene para que un ciudadano que no resida en managuatendra parece que estan legislando para wald disney y no para la empobrecida poblacion nicaraguense,sean mas responsables,ni se imaginan lo que estan haciendo,piensen

  8. cristalino
    Hace 14 años

    me gustaria conocer a esta sra. irma davila,para darles mis pesames pues tiene unos comentarios risorios sobre el codigo,imaginate esperar que tenga el registrodel difunto,para poder enterrrarlo,me gustaria que estuviera presente al momento de un fallecidoy aver como le va con la familia lutante,pobrecita,no tendra cerebro,o no estudio,ahora hay curso a distancia y por internet,sinoque hable con ustudiante de derecho de primer año, o inscribase en el programa yo si puedo en su barrio.

  9. Yaya
    Hace 14 años

    Me van a disculpar, pero este procedimiento lo establece la Ley 623 y nunca nadie le paro atencion…..

  10. Duggan
    Hace 14 años

    Bien desajuisiada esta diputada ( y los demas ) si la aprueban asi la ley, por que si incriben sin que el papa se de cuenta, eso no esta bien y ya veran los mecanismo de evacion que la gente va a buscar, Diputados sufiente cheque en blancos les damos al elegirlos pero no se pasen……

  11. Preocupado
    Hace 14 años

    nicaraguenses, sin desmedro de los derechos de los hijos y la realidad de padres irresponsables. Este articulo es incostitucional, e ilegal. Establece que la presunción es suficiente para declarar civilmente culpable, violentando el derecho al debido proceso y al derecho constituciónal que establece que todo ciudadano es inocente hasta que no se demuestre lo contratio. Civilmente el que acusa tiene que demostrar y en este caso la presunción tiene que ser demostrada por el supuesto padre.

  12. ernesto moreno
    Hace 14 años

    este articulo vilenta el derecho a veces creo que estan llevando al extremo todo y ahora solo falta que ver a una mujer sea violencia creo que tenemos leyes tan brutas hechas por brutos creo deberia haber un preoceso y no solo por que lla crea asi sera estamos actuando ala zumba marumba bueno que esperamos de estos señores diputados con estas leyes absurdas que crean

  13. beneficios a los hombres.
    Hace 14 años

    deben dejar establecido que le van a notificar al varon y sino que le publiquen edictos y les nombren guardador ad litem por ausente, porque puede ser mal utilizado por otro lado es bueno nos da derecho a quienes ya nos clavaron con un chavalo ajeno y estamos pasando alimentos obligados que podamos impugnar la paternidad, porque es derecho del niño saber la realidad de quien lo engendro.

  14. adn en dos lugares diferentes.
    Hace 14 años

    aja, pero en el caso del pila que ya no podra impugnar ninguna paternidad y tenga billetes, va ser un medio de arrebatar herencias y el desorden, todas las prostitutas que cobran por su trabajo van a inspeccionar los obituarios para pegarse alguna herencia, al menos que fuera objeto de algun juicio donde intervengan el mifamilia, la fiscalia, la procuraduria, y todas las pruebas de adn en dos lugares distintos para confrontar etc.

  15. Hector
    Hace 14 años

    AAARREE DANIEL…. q bueno q esta ley no salió en los tiempos de la alfabetización.DE QUIEN SERÁ?…QUIEN LA PREÑARÍA.
    a todas la mamas q se hayan acercado a los pellejos de daniel favor inscribirlo bajo su apellido,aunque sea una heregia.

  16. Todo tiene su percio
    Hace 14 años

    Mas importante, hombres, deberian cuidarse no dejar hijos deperdigados, hijo legitimo o hijo ilegitimo no exiten todos tienen igual derecho ante la ley, por lo tanto, si no quieren quedarse sin sus herencias, si no quieren causar angustia a sus hijos de matrimonio y hogar, quedense quieto con la mujer de su casa

  17. Andrew
    Hace 14 años

    Para colmo si el ADN demuestra que el hombre que fue inscrito como padre del menor noes realidad su padre, la mujer tiene que pagar el costo del examen y si no tiene dinero el estado lo pagara o mejor dicho sra diputada lo pagaremos los ciudaddanos con nuestros impuestos, le recuerdo que para ir a un acto sexual no solo es responsabilidad del hombre si no tambien de la mujer no se hagan las victimas, hay tantos anticonpceptivos, pero van en busca del dinero, o la brama.

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