El doctor Oscar Castillo afirmó categóricamente que no se puede excluir del Padrón Electoral a las personas por el hecho de no haber votado en las últimas elecciones. LA PRENSA/ARCHIVO

Votar es derecho constitucional

El experto constitucionalista, doctor Oscar Castillo, dijo que es gravísimo depurar del Padrón Electoral a las personas que no han ejercido el derecho al voto en las pasadas elecciones como propone el poder ejecutivo y el presidente de facto del Consejo Supremo Electoral, Roberto Rivas, porque violenta los derechos humanos y preceptos constitucionales.

César Úbeda Bravo

[doap_box title=»Principios vulnerados de la Constitución» box_color=»#336699″ class=»aside-box»]
Principio de soberanía interna (arto. 2 de la Constitución).

De ciudadanía (edad como única restricción para ejercer derechos políticos, art. 47 de la Constitución).

Participación ciudadana (participar en asuntos públicos y gestión del Estado, arto. 50 de la Constitución).

Derecho al sufragio (derecho a elegir sin más restricciones que las que establezca la Constitución, arto. 51).

“En Nicaragua el derecho al sufragio o voto es voluntario, ninguna norma en la Constitución señala que deba ser obligatorio”. Oscar Castillo, experto constitucionalista.

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El experto constitucionalista, doctor Oscar Castillo, dijo que es gravísimo depurar del Padrón Electoral a las personas que no han ejercido el derecho al voto en las pasadas elecciones como propone el poder ejecutivo y el presidente de facto del Consejo Supremo Electoral, Roberto Rivas, porque violenta los derechos humanos y preceptos constitucionales.

“Es gravísimo el anuncio del señor Roberto Rivas, en el sentido de que la depuración del Padrón Electoral incluye sacar del mismo a aquellos ciudadanos que no hayan ejercido el derecho al voto en las dos últimas elecciones. Con esto se estará excluyendo de votar a estos ciudadanos en las futuras elecciones y con ello se estaría violentando sus derechos humanos y constitucionales establecidos tanto en los distintos instrumentos internacionales que Nicaragua ha suscrito como Estado y de aquellos señalados en la Constitución Política”, consideró Castillo.

Agregó que “en Nicaragua el derecho al sufragio o voto es voluntario, ninguna norma en la Constitución señala que deba ser obligatorio. La Constitución establece que las limitaciones para el ejercicio del voto solamente están referidas a la edad y por causa penal en caso de suspensión de derechos. De tal manera, que ningún acto administrativo electoral de depuración del padrón puede excluir a los ciudadanos de votar, por el solo hecho de no participar en una elección, ya que cuando un ciudadano no concurre a votar lo está haciendo en uso de estos derechos constitucionales que hemos mencionado”, expresó.

Explicó que la misma Ley Electoral y su eventual reforma no pueden contravenir estas disposiciones legales de orden constitucional, porque el hecho que la Ley Electoral tenga el mismo rango no hace estar encima de la Constitución.

“Todo lo contrario, la Ley Electoral debe ser aprobada o reformada de conformidad con la Constitución, según lo establece su art. 182. El artículo 184 señala claramente que tienen rango constitucional, siempre y cuando “que se dicten bajo la vigencia de la Constitución Política”, señaló.

Política Óscar Castillo Padrón voto archivo

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COMENTARIOS

  1. Talivan H
    Hace 14 años

    Todos los nicaragüenses a elegir quien lo va a representar en estas próximas elecciones del 4 de noviembre del 2012 derecho que tenemos todo ciudadano de ejercer.

  2. Allahu Akabar
    Hace 14 años

    El problema es que para el inconstitucional presidente por el fraude la constitución no vale.

  3. Justo M. Lopez
    Hace 14 años

    Como es que el Sr. ortega recurre de amparo porque el art. 147 viola sus derechos constitucionales, de poder ser presidente, y ahora pretende quitar el derecho a votar a los ciudadanos mediante esta ley. Bajo la misma logica deberia cualquiera de nosotros poder recurrir de amparo si se nos aplicase esta ley.

  4. mauricio Rollo
    Hace 14 años

    Esta bueno porque asi vamos a cono cer los caucillistas y los excluidos que seremos mayoria lo cual nos llevaria a crear un padron parte donde podriamos elejir el sistema anticaudillo

  5. harold
    Hace 14 años

    lo que pasa que estos senores saben que los que no votan no son limpia botas como el senor rivas

  6. sara
    Hace 14 años

    en ningun momento el cse esta violando el derecho constitucional al voto a los ciudadanos cuando se habla de depurar el padron electoral es sacar del padron electoral todas las personas fallecidas o que se han ido a vivir a otro pais en ningun momento se esta violentando el derecho al voto

  7. El Markes de Korinto
    Hace 14 años

    Votar es derecho insconstitucional, Simpre y Cuando Daniel Oertega esta de Presidente «DEFACTO»

  8. basta ya
    Hace 14 años

    Rivas, Ortega, Murillo y cia. pretenden aprovecharse de que muchos ciudadanos no conocen sus derechos ni se saben la Constitucion, para privarnos de nuestros derechos ciudadanos. No!! Esas reformas no deben aceptarse asi como asi; perderemos mucho y le estaremos entregando nuestra soberanía al cancer orteguista. No permitamos que 63 cadejos firmen por todo un Pueblo! Absolutamente NO a las reformas que propone el ejecutivo (leáse Ortega)

  9. Carlos G
    Hace 14 años

    Bueno se acercan las elecciones del 2012 se efectuaran en tiempo y forma como lo manda la constitución y todos a ejercer el voto para elegir quienes nos van a representar en diferentes sectores del país

  10. karen
    Hace 14 años

    Pienso que si las personas que no han votado en dos o tres elecciones es porque la verdad no les interesa votar y pues por obvias razones los padrones se actualizan en cada votacion

  11. Carlos
    Hace 14 años

    QUE PAYASADA! LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES SE PERDIERON DESDE QUE ESTA EL DELINCUENTE DE ORTEGA Y SU BANDA DESGOBERNADO NICARAGUA, ESTOY SEGURO QUE ESTA VEZ LOS NIVELES DE ABSTENCION SERAN ALTISIMOS.

  12. Julio Estrada
    Hace 14 años

    La ley no dice que quedan excentas del proceso Electoral, si no han votado es por algo y si quieren hacerlo en esta ocacion pues tendran que darse de alta en un corto proceso eso es todo, ademas uds no señalaban que muchas voletas se «pierden» pues con esto se busca evitar que usen esas boletas que despues son desaprovechadas por los ciudadanos inconcientes que no ejercieron su derecho lo cual es un gasto extra

  13. J. M. Fajardo C.
    Hace 14 años

    Los actos “Nulos” siempre serán “Nulos,” como “Nulas” serán las consecuencias derivadas de ellos. En concreto; solamente la Asamblea Nacional puede modificar o reformar la constitución política según los artos. 191, 192, 193, 182, 183, sin embargo el mamotreto de sentencia “504” los violentó, además se emitió con ex magistrado de la CSJ, vulneraron su reglamento interno, para reformar el arto 147-4a relativo a la limitaciones constitucionales para la relección presidenci

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