La Red Nicaragüense de la Sociedad Civil para las Migraciones formuló una serie de recomendaciones para mejorar el proyecto de Ley General de Migración y Extranjería de Nicaragua, que se discute en la Asamblea Nacional.
Entre otras cosas, la Red, coordinada por la funcionaria del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh), Heydi González, recomendó incluir un artículo con las garantías y derechos que tienen las personas migrantes retenidas.
“Todas las personas migrantes tienen derecho a que la decisión en torno a su estatus migratorio se tome y ejecute con pleno respeto y garantía del derecho al debido proceso”, plantea la Red Nicaragüense de la Sociedad Civil para las Migraciones.
En lo que respecta a la visa de salida para niños, niñas y adolescentes, hijos de migrantes nicaragüenses, que es abordado en el artículo 99 del proyecto de ley , hace ver a los diputados que los hijos e hijas de migrantes que han quedado en Nicaragua y son menores tienen dificultades para poder viajar.
Sobre todo —apunta el escrito— cuando uno de los padres ha estado ausente, no sólo por razones justificadas, sino también por irresponsabilidad de uno de los progenitores, lo cual deberá ser tomado en cuenta.
“Las madres solteras se encuentran en la dificultad de localizar al padre para que autorice la salida del niño, la niña o adolescente. Establecer en la normativa la facultad jurisdiccional para otorgar permiso de salida en casos donde haya ausencia, irresponsabilidad y situaciones de violencia intrafamiliar”, propone la Red de Migrantes.
Al tiempo que plantea que es importante tomar en cuenta que existen flujos migratorios de forma irregular por puntos ciegos, en tal situación será imposible obtener información de los movimientos migratorios de uno de los padres.
El artículo en mención expresa que “se expedirá visa de salida a los nicaragüenses menores de 18 años, que viajen fuera del territorio nacional presentando como requisito fundamental el permiso de salida de sus progenitores o tutor, debidamente autorizado por Notario Público. En caso de que uno de sus progenitores se encuentre fuera del país, deberá presentar certificado de movimiento migratorio de su última salida, la cual se deberá insertar en el permiso notarial”.
Ese organismo también recomienda a los parlamentarios revisar el artículo 4, de la Ley de Relaciones Madre-Hijos, que establece que debe ser entregado de forma gratuita tanto a mujeres como a la niñez un pasaporte provisional.
Pero la Red plantea que la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME), en coordinación con la autoridad consular, faciliten el acceso a los pasaportes ordinarios que brindan mayor seguridad jurídica.
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