El nueve de enero de este año, el Presidente de la República mandó a prorrogar mediante el decreto 3-2010 los periodos de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, Consejo Supremo Electoral, Superintendente y Vicesuperintendente de Bancos, y Procurador y Subprocurador para la Defensa de los Derechos Humanos. La noticia cayó como bomba.
Con este decreto, el presidente Ortega se ponía por encima de la Constitución Política de la República que establece los plazos para estos funcionarios y estipula quién los nombra. Aunque oficialmente se arguyó que se trataba de una medida para «evitar el caos institucional» por si la Asamblea Nacional no nombraba a los funcionarios, lo que se interpretó fue una maniobra política para obligar a la oposición a negociar sin mayores escrúpulos los nuevos cargos, so pena de dejar «todo como está hasta ahora». Tan atrevida decisión fue bautizada desde el comienzo como «el decretazo».
Hasta el momento se les han vencido los periodos al Procurador y Subprocurador de Derechos Humanos, a los cinco contralores propietarios y a sus tres suplentes y a dos magistrados electorales. De ellos sólo un contralor —Lino Hernández—, un magistrado electoral —Luis Benavides— y el Procurador y Subprocurador de Derechos Humanos, Omar Cabezas y Adolfo Jarquín, respectivamente, han ignorado el decreto de Ortega y abandonaron sus oficinas al vencimiento del plazo constitucional. El resto se ha mantenido en el cargo, y a falta de explicación legal, algunos dicen hacerlo «por un sentido de responsabilidad» para no dejar al garete la oficina que debieron abandonar cuando se les venció su plazo.
Sin embargo, y dado que la mayoría de los que se han quedado en sus cargos vía decreto está buscando su reelección formal, los diputados opositores han encontrado un fácil argumento para descalificarlos: «¿Cómo puede prometer defender la Constitución, los mismos que ahora la están violando flagrantemente?»
La bancada del Partido Liberal Constitucionalista (PLC) ha ido más allá de la crítica pública e interpuso una denuncia en el Ministerio Público por usurpación de funciones y nombramiento ilegal, contra las personas que se han quedado en el cargo a pesar que se les venció su periodo como funcionarios.
En tanto, en la Asamblea Nacional una comisión especial se encuentra analizando los resultados de las entrevistas que realizaron a los candidatos propuestos tanto por la sociedad civil, la presidencia y las bancadas políticas, para ocupar los cargos vacantes.
Según el diputado José Pallais, presidente de la comisión de justicia en la Asamblea Nacional, para decidir a quiénes incluirían en la denuncia interpuesta el 18 de marzo, los liberales tuvieron que esperar a que finalizaran esas entrevistas para saber quiénes eran aquellos funcionarios que aspirando a su reelección, continuaban en el cargo de forma «ilegal».
Pallais explicó que a algunos entrevistados se les cuestionó por qué se habían acogido al decreto presidencial 3-2010 para su permanencia en el cargo. Este decreto, desde el punto de vista de los legisladores, es ilegal e irrespeta la Constitución Política del país y por lo tanto, denunciaron «a los que confesaron en forma abierta y pública ante esta comisión que ellos están desacatando y violentando la Constitución de la República».
El doctor Guillermo Argüello Poessy, a la cabeza del cuerpo colegiado en la Contraloría General de la República, es uno de esos. Pero para él, el seguir o no en el puesto no se trata de violentar la Constitución, sino más bien un asunto de responsabilidad para con la institución que dirige.
De haberse retirado de la Contraloría al finalizar el tiempo para el que fue electo, Argüello Poessy sostiene que se hubiera dejado «en el aire» a más de 300 trabajadores, además de las auditorías y demás tareas pendientes por el cuerpo colegiado.
Para este contralor, el debate de quién tiene o no razón se debería redireccionar hacia quién hace el mejor bien para el país, si aquellos que continúan trabajando en «tiempo extra» o los políticos que aparentan tener vergüenza de sentarse a repartir una vez más las cuotas de poder en las instituciones públicas y así poner fin al asunto.
Para Argüello Poessy la decisión está en manos de los políticos y por eso les «suplica» «que se repartan los cargos ya, que no le causen daño a las instituciones. A la larga van a acabar sentándose a conversar con quien deben conversar… Siéntense, nombren y repártanse como quieran. ¿Quién les ha dicho que no se repartan? ¿Cómo pudieron repartirse antes y ahora no?», cuestiona.
La doctora Asunción Moreno, doctora en Derecho por la Universidad de Alcalá y coordinadora de postgrado en la facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Centroamericana, también señala que el presidente Ortega está faltando a la Constitución, ya que a él «sólo le corresponde proponer listas (de candidatos). La ratificación y prórroga vía decreto, violenta lo establecido en el propio texto Constitucional y no tiene valor alguno conforme el artículo 182 de la Constitución».
El artículo al que se refiere Moreno, establece que la Constitución Política es superior a cualquier otra ley y que ningún tratado, orden, ley o disposición podría alterar lo que la Carta Magna mandata. Y entre esos mandatos, establece a la Asamblea Nacional como responsable de la escogencia y nombramiento de funcionarios para estas instituciones públicas.
Algunos diputados han tachado de «inconstitucional» al decreto en mención y para corregir el error presidencial están promoviendo la creación de una ley. Pero, a pesar de las interpretaciones jurídicas que se puedan realizar, según Moreno, la declaración de inconstitucionalidad del decreto presidencial 3-2010 le correspondería únicamente a la Corte Suprema de Justicia.
«Pretender declarar la nulidad del decreto a través de una ley aprobada por la Asamblea Nacional es también inconstitucional. Es decir, que la salida jurídica constitucional a la situación creada por el decreto presidencial es un recurso de inconstitucionalidad o el recurso de conflicto de poderes», que sólo la Corte Suprema de Justicia podría emitir, agrega Moreno.
La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos se encuentra en este momento prácticamente al garete desde el 8 de diciembre pasado, funcionando de manera mecánica. El ex procurador, comandante Omar Cabezas, no insistió en seguir en su silla, a pesar de ser uno de los fieles de Ortega, no porque rechace el decreto sino porque un «error técnico» lo excluyó. Cabezas fue uno de los primeros en presentarse a reinstalarse en el puesto cuando desde la misma bancada del Frente Sandinista le advirtieron que el «decretazo» no lo incluía a él porque establecía textualmente que estaba destinado a «quienes se les venza el periodo en el futuro inmediato hasta tanto la Asamblea no nombre a nuevos funcionarios o ratifique a los actuales». El decreto fue firmado por Ortega el 9 de enero del 2010 y a Cabezas se le había vencido su período el 8 de diciembre del 2009.
Sin embargo, como premio de consolación Cabezas fue propuesto por el presidente Ortega para ser reelecto y en espera de una respuesta tras la entrevista de la comisión especial de la Asamblea Nacional, recuerda que cuando llegó a esa institución, el 9 de diciembre del 2004, se encontró con una situación similar a la actual.
«No quiero ni contarte lo que encontramos… Me pasé casi un año tratando de resolver los problemas internos que había. Yo les decía a los diputados (de la comisión especial), independientemente del que nombre, pero que nombren a alguien porque el que llegue va pasar (algo igual). Ahorita no hay nadie a cargo. Cuando comparecí les hice hincapié a los diputados de que escogieran cuanto antes», asegura.
Mientras, Omar Cabezas guarda las esperanzas de ser reelecto procurador de derechos humanos, en la Procuraduría cada director de área trata de hacer sus tareas, pero nadie puede tomar decisiones mayores ni dar declaraciones en nombre de la institución, y sobre todo, nadie da declaraciones públicas sobre los avances y o tropiezos que han tenido al estar sin titular.
En el Consejo Supremo Electoral se le venció el periodo a dos magistrados, al liberal Luis Benavides y al sandinista Emett Lang.
Al menos Lang sí se «cobijó» con el decreto presidencial y continúa en funciones, tal como fue visto durante las elecciones regionales el 7 de marzo pasado.
En la Contraloría, todos los contralores, a excepción de Lino Hernández, continúan en sus puestos y gozando del salario de alrededor de cuatro mil dólares, los que tal como lo confirmó el doctor Guillermo Argüello Poessy, se les han sido depositados en sus cuentas bancarias con normalidad.
El jurista Cairo Manuel López, asesor del magistrado Damisis Sirias en la Corte Suprema de Justicia, rechaza que algunos funcionarios antepongan razones de «responsabilidad y ética» para eludir un mandato constitucional.
Explica que, en un país donde hubiera un verdadero estado de derecho, las decisiones tomadas por esos funcionarios que permanecen en el cargo después del vencimiento de sus periodos, no tendrían ninguna validez. Y es más, las remuneraciones que hubiesen recibido durante sus periodos «extras», también deberían ser devueltas a las arcas del Estado.
Pero «como parece que el Estado de derecho se erosiona cada día más, habrá que atenerse a los arreglos en que puedan incurrir los grupos políticos en el país, donde el derecho una vez más podría resultar vulnerado», reconoce.
Y mientras las fuerzas políticas liberales y sandinistas terminan de negociar la repartición de los puestos vacantes hasta ahora, el pastel a repartirse podría engrosarse, ya que el 11 de abril próximo los magistrados Rafael Solís, Dámisis Sirias y Armengol Cuadra deberían entregar sus puestos tras el vencimiento de sus periodos, al que se suma el puesto que ocupaba el fallecido magistrado Guillermo Selva, que desde mayo del 2009 está vacante.
Los diputados también fallaron
Las irregularidades en este tema no sólo se concentran en el ejercicio o no de manera ilegal de algunos funcionarios, sino también en el error de los mismos diputados de la Asamblea Nacional que han entrevistado a candidatos para cargos que aún no se han vencido.
La Ley Orgánica del Poder Legislativo (606), artículo 128, establece que la elección de nuevos funcionarios se debe realizar cuando «se produzca la vacante de uno o varios de los cargos».
«Ello quiere decir que la convocatoria para elegir a estos funcionarios debe hacerse hasta que se venza su período, y exista la vacante, situación que el 9 de enero de 2010, no se había dado salvo las vacantes de la Procuraduría de los Derecho Humanos y el cargo de magistrado de la Corte Suprema de Justicia (Guillermo Selva) por fallecimiento», explica la doctora Asunción Moreno.
Sin embargo, agrega Moreno, la Ley Orgánica del Poder Legislativo «lamentablemente no establece plazo para aprobar la Resolución de convocatoria e integrar la Comisión Especial, para elegir los cargos vacantes, pero sí es clara al establecer que debe hacerse cuando se hayan vencidos los períodos».
Ante esto, Moreno señala que los diputados de la Asamblea Nacional convocaron a los candidatos para ser entrevistados por la comisión especial «fuera del marco legal al convocar a elección de cargos vencidos y no vencidos. Ello trae como consecuencia que los futuros nombramientos se den dentro de las irregularidades jurídicas que ha tenido la convocatoria de la Asamblea Nacional desde hace más de un mes».
Código Procesal Penal
Los artículos del Código Penal que según los diputados liberales, con el jurista José Pallais a la cabeza, se deberían aplicar para sancionar a los seis contralores que permanecen en sus puestos de forma irregular, son los siguientes:
Art. 296.
Usurpación dE funciones públicas
Será sancionado con prisión de uno a tres años e inhabilitación especial por el mismo periodo para el ejercicio de cargo público, a quien:
a) Asuma o ejerza funciones públicas, sin nombramiento expedido por autoridad competente, o sin haber sido investido del cargo.
Art. 436
Nombramiento Ilegal
La autoridad, funcionario o empleado público que, en el ejercicio de su competencia y a sabiendas de su ilegalidad nombre o dé posesión para el ejercicio de un determinado cargo público a cualquier persona sin que concurran los requisitos legalmente establecidos para ello, será penado de cien a 300 días multa e inhabilitación especial de uno a cuatro años para ejercer empleo o cargo público.
Las mismas penas se impondrán a quien a sabiendas de su ilegalidad acepte el nombramiento o toma de posesión.
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