El procurador General de la República, Hernán Estrada, denunció al registrador de la Propiedad Inmueble y Mercantil de Bilwi, Región Autónoma del Atlántico Norte (RAAN), David Rodríguez Gaitán, por la inscripción anómala de propiedades.
“El registrador Rodríguez realizó la inscripción de documentos públicos notariales bajo la extraña figura antijurídica: Declaración de Dominio, Posesión y Mejoras de Bien Inmueble , pretendiendo arraigar esta acción anómala y perjudicial para el Estado de Nicaragua, como una pésima y dolosa conducta por el funcionario”, señaló Estrada.
El procurador Estrada presentó la denuncia ayer contra el registrador de Bilwi ante el Consejo de Administración y Carrera Judicial y de Régimen Disciplinario de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
La denuncia de Estrada señala que el registrador Rodríguez inscribió bajo la figura de “Declaración de Dominio, Posesión y Mejoras de Bien Inmueble”, una propiedad en la que comparece únicamente Antonio Suárez, también conocido como Antonio Garzón Suárez.
El procurador Estrada alegó en la denuncia que dicho inmueble pertenece a la municipalidad de Bonanza, RAAN, y que son varias las veces que el registrador ha actuado de manera irregular.
La propiedad, de acuerdo con la resolución municipal del año 2009, tiene como objetivo la planificación y ordenamiento de desarrollo humano de la localidad, la que se ha visto entorpecida por los actos irregulares del registrador que se ha coludido con el notario y el supuesto propietario Antonio Suárez, según denunció Estrada.
“Esta acción impide desarrollar proyectos sociales en beneficio de la comunidad y se contrapone a las políticas de nuestro Gobierno sandinista, de actuar con transparencia en la gestión pública”, sostuvo el procurador Estrada.
VIOLACIÓN A LA SEGURIDAD JURÍDICA INMOBILIARIA
El procurador Estrada apeló a los magistrados de la CSJ a realizar las investigaciones pertinentes e imponer las sanciones necesarias en el caso, puesto que el registrador Rodríguez debe abstenerse de inscribir los actos que vulneren los derechos de terceros, como resulta ser el documento notariado que inscribió, explicó.
“El señor registrador de la Propiedad, infringe la Ley y actúa de manera dolosa, sin tener respeto a lo que dispone el artículo 68 del Decreto 01-2007 o Reglamento de Aéreas Protegidas, que expresamente dice: “Se prohíbe la titulación de tierras de dominio público dentro de las áreas protegidas, por causa de Reforma Agraria y Títulos Supletorios”, agregó el procurador Estrada en su queja ante la CSJ, cuyas autoridades no se pronunciaron sobre el caso.
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