Las pruebas que no se utilizaron en La Haya

Argüello descalificó documentos que otros entendidos estiman que habrían fortalecido la posición de Nicaragua [doap_box title=»Cançado y Buergenthal, “jueces y parte” que no fueron recusados» box_color=»#336699″ class=»archivo-aside»] El ex canciller Norman Caldera ha criticado desde marzo pasado en declaraciones a LA PRENSA, y en otras exposiciones ante grupos de ciudadanos también compartidas al Diario, que […]

  • Argüello descalificó documentos que otros entendidos estiman que habrían fortalecido la posición de Nicaragua
[doap_box title=»Cançado y Buergenthal, “jueces y parte” que no fueron recusados» box_color=»#336699″ class=»archivo-aside»]

El ex canciller Norman Caldera ha criticado desde marzo pasado en declaraciones a LA PRENSA, y en otras exposiciones ante grupos de ciudadanos también compartidas al Diario, que habían dos “jueces y parte” en el juicio planteado por Costa Rica ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ), por derechos de navegación en el nicaragüense río San Juan.

Según Caldera, el primer caso era Antonio Cançado Trindade, que fue juez ad hoc designado por Costa Rica para el caso y luego asumió como juez pleno de la CIJ, sin autoexcusarse y sin que Nicaragua lo recusara.

Además, Caldera comentó que el juez de origen brasileño vivió muchos años en Costa Rica y fue juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en San José, acumulando lazos de identidad e intereses comunes con Costa Rica, de tal forma que ese país lo propone como juez ad hoc ante la Corte.

Para Caldera es evidente que el juez Cançado logró una mejor posición para influir en el caso, desde el cargo de juez pleno.

Otro caso fue el del juez Thomas Buergenthal, sobre quien Caldera y el también ex canciller y actual diputado Eduardo Montealegre comentaron que tampoco sería imparcial, porque igual vivió en Costa Rica y fue propuesto por éste como juez ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Montealegre criticó que Buergenthal incluso comentó que el caso llevado por Nicaragua ante esa Corte Interamericana sobre el asesinato del nicaragüense Natividad Canda, por dos rottweiler en Costa Rica, ocurrido en el 2005, era en realidad para influir en la disputa sobre la navegación costarricense en el río de Nicaragua.

La advertencia que Caldera hacía desde marzo se cumplió según la sentencia del fallo, en la que se lee como Cançado y Buergenthal fallaron a favor de la ampliación de los derechos de navegación de Costa Rica con turistas en el río nicaragüense, sin pagar visa ni tarjetas de turismo, un fin que no estaba contemplado en el Tratado de límites Jerez-Cañas, de 1858, que limita la libre navegación de Costa Rica con “objetos” y no “fines” de comercio.

Sí ofrecieron negociar

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    El agente de Nicaragua ante la CIJ, Carlos Argüello, niega que el equipo haya hablado de negociaciones con Costa Rica y mandó a leer los alegatos ante la Corte. LA PRENSA leyó esos alegatos en el sitio web del tribunal y encontró que en las audiencias de marzo el abogado por Nicaragua, Antonio Ramiro Brótons, dijo que “Nicaragua podría estar dispuesta a negociar con Costa Rica la explotación del río en el marco de un acuerdo transfronterizo beneficioso para ambas partes”.

    Las declaraciones del canciller costarricense Roberto Tovar Faja hechas a un diario de ese país en julio del 2002, en las cuales éste admitía que la libre navegación de Costa Rica era “limitada” a “objetos de comercio”, como lo dice el Tratado Jerez-Cañas, de 1858, es sólo una de las pruebas que el equipo nicaragüense inexplicablemente excluyó ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en la disputa.

    LA PRENSA presenta en esta edición esas declaraciones de Tovar, mencionadas por este Diario desde marzo pasado, cuando aún no concluían las audiencias orales ante la Corte.

    Además, detalla el memorando de entendimiento firmado entre los ministros de Turismo de ambos países en 1994, en el cual Costa Rica aceptó el pago de tarjetas de turismo, que el equipo calificó ante la CIJ como un “acuerdo de caballeros”.

    Mientras, el agente Carlos Argüello no responde por qué no recusaron a dos jueces que cuestionados por sus vínculos con Costa Rica, y finalmente fallaron a favor de ese país.

    ¿LO QUE DIJO TOVAR FUE INSIGNIFICANTE?

    En julio del 2002, el canciller costarricense Roberto Tovar Faja concedió una entrevista al diario Al Día de ese país, en la cual él admitió que el derecho de “libre navegación” al cual se refiere el Tratado de límites Jerez-Cañas, está limitado a “objetos de comercio”.

    LA PRENSA encontró y publicó estas declaraciones de Tovar en marzo, cuando se realizaba ante la Corte la última fase del diferendo introducido por Costa Rica en el 2005 y resuelto por la Corte este lunes.

    Sin embargo, desde marzo el agente nicaragüense a cargo del caso, Carlos Argüello, respondió a una consulta de este Diario que el equipo sólo utilizó la declaración de Tovar junto a otras de varios funcionarios costarricenses en los alegatos escritos, pero no en los orales, aunque LA PRENSA no encontró esa supuesta cita en los documentos del caso dispuestos por la Corte en su sitio web.

    Desde las horas inmediatas al fallo del lunes, LA PRENSA ha intentado comunicarse con Argüello en Holanda para conocer sus reacciones al fallo y a las críticas de varios políticos y ex funcionarios diplomáticos que estiman que la defensa del país fue flexible y descuidada.

    Ayer, LA PRENSA también intentó comunicarse con Argüello en tres ocasiones, pero primero una funcionaria de la embajada en Holanda dijo que estaba reunido y luego que ya se había marchado a su casa.

    Sin embargo, Argüello volvió a descalificar las declaraciones de Tovar llamándolas “insignificantes”, en una entrevista publicada ayer.

    El ex embajador de Nicaragua en Costa Rica, Mauricio Díaz, discrepó de Argüello, diciendo que la justificación del agente es “ridícula”, pues las declaraciones de cualquier funcionario, en este caso el canciller Tovar, “son vinculantes”.

    Además, existe un precedente para otra demanda del país ante la CIJ en la que la declaración de un funcionario permitió ganar el caso. Ese precedente es de cuando Nicaragua demandó a los Estados Unidos por las actividades militares y paramilitares en y en contra de Nicaragua. Entonces el país alegó declaraciones del presidente Ronald Reagan y de altos funcionarios de ese Estado, sobre los esfuerzos que supuestamente hacia aquel gobierno para derrocar al Gobierno nicaragüense de los años ochenta y la Corte utilizó esas declaraciones para condenar a Estados Unidos por actos de intervención en Nicaragua y en detrimento de su soberanía.

    Díaz y otros ex funcionarios han precisado que bajo la Convención de Viena las palabras de un ministro sobre el derecho de los tratados compromete la posición jurídica del país.

    “Cuando perdimos Mokorón con Honduras, los somocistas también dijeron ‘créanlo, ganamos’ como dice ahora este Gobierno”, criticó Díaz.

    COSTA RICA ACEPTÓ PAGAR TARJETAS DE TURISMO A NICARAGUA

    Otra prueba que la defensa nacional minimizó fue un memorando de entendimiento firmado entre los ministros de Turismo de Nicaragua, Fernando Guzmán, y de Costa Rica, Carlos Roesch, en 1994, en el cual el país vecino aceptó la extensión y pago de tarjetas de turismo a Nicaragua, para navegar en el río nicaragüense, que tendrían una validez de hasta treinta días, según la copia del memorando al que tuvo acceso LA PRENSA.

    Guzmán explicó que el memorando se firmó en Barra del Colorado, Costa Rica, en cumplimiento a las disposiciones de los presidentes de Nicaragua, Violeta Barrios de Chamorro, y de Costa Rica, José Figueres, que se habían reunido en mayo de aquel año en San Juan del Sur, para definir las bases de un plan de desarrollo conjunto, cuando el país cerraba las heridas abiertas por la guerra.

    “Ahí fue que se crearon las tarjetas de turismo para atraer a los turistas, y se acordó que Costa Rica pagaría por ellos, porque estaba y está clara la soberanía nicaragüense en el río San Juan”, explicó Guzmán.

    El ex ministro no cuestionó el trabajo del equipo nacional. Sin embargo, agregó que él sin ser experto en el tema “hubiera utilizado” el acuerdo descrito.

    Según publicaciones costarricenses de esos años, varios funcionarios de ese país fustigaron aquel memorando, pero Costa Rica nunca lo derogó. “A mí el ministro (costarricense) me llamó como al mes para ver si se derogaba, y yo le dije que no podía”, comentó Guzmán.

    Aún así, según los alegatos orales de la defensa nacional disponibles en el sitio de la Corte y consultados por LA PRENSA, el equipo nicaragüense dijo ante el tribunal sobre ése y otros documentos son “instrumentos (que) constituyen un acuerdo entre caballeros, sin fuerza vinculante para los signatarios”.

    El diputado y presidente de la Comisión de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Nacional, José Pallais, criticó al respecto que el Gobierno haya reducido la validez del documento. Para Pallais, ese memorando “era una pieza importantísima que hubiera fortalecido la posición que teníamos en un tema que nos fue adverso en la sentencia”.

    Según el diputado, por esas posiciones de la defensa es inevitable el “mal sabor” que deja el fallo que amplió a Costa Rica el derecho a navegar con turistas en el río sin pagar visa ni tarjetas de turismo a Nicaragua, aunque sea bajo la regulación de Nicaragua, como derecho inherente de su soberanía y sin derecho a la navegación armada, que era lo otro que ese país pretendía.

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