La CSJ tiene que aclarar quién designará a las autoridades administrativas interinas en los municipios donde fueron pospuestas las elecciones. (LA PRENSA/Archivo)

Crisis a revisión en Corte Suprema

La decisión de algunas organizaciones políticas de recurrir de amparo y por insconstitucionalidad ante instancias del sistema judicial, debido a la resolución emitida por el Consejo Supremo Electoral (CSE), de posponer las elecciones en tres municipios de la Región Autónoma del Atlántico Norte (RAAN), así como nombrar autoridades interinas en los mismos, provocará que la […]

  • La decisión de algunas organizaciones políticas de recurrir de amparo y por insconstitucionalidad ante instancias del sistema judicial, debido a la resolución emitida por el Consejo Supremo Electoral (CSE), de posponer las elecciones en tres municipios de la Región Autónoma del Atlántico Norte (RAAN), así como nombrar autoridades interinas en los mismos, provocará que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) tenga que pronunciarse sobre la violación a ciertos artículos constitucionales.

    Uno es el artículo 183 de la Carta Magna, que establece que “ningún Poder del Estado, organismo de Gobierno o funcionario tendrá otra autoridad, facultad o jurisdicción que las que le confiere la Constitución Política y las Leyes de la República”.

    Roberto Courtney, directivo de Ética y Transparencia, considera que no habrá mayor modificación por el Poder Judicial, en lo que se refiere a la decisión del CSE de posponer los comicios municipales en Puerto Cabezas, Prinzapolka y Waspam.

    “La constitucionalidad de que el CSE se declare manos arriba (sobre la incapacidad de poder resolver los problemas técnicos en la zona), la Corte Suprema de Justicia básicamente tiene que decir, bueno o los despiden o ponen uno que lo haga, o se van con ese veredicto porque no lo vamos a hacer nosotros, por esa parte, digamos, está como de hecho cerrada”, observó Courtney.

    Sobre el nombramiento de autoridades interinas en esos tres municipios, se mostró en desacuerdo con que lo haga el CSE porque no es una facultad otorgada a los magistrados electorales.

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