El magistrado liberal del Consejo Supremo Electoral (CSE), Luis Benavides, justificó la presencia y actuación de sus homólogos liberales en la sesión extraordinaria del pasado viernes, que resolvió posponer los comicios municipales en la Región Autónoma del Atlántico Norte (RAAN), y aseguró que igual crítica van a recibir si no asisten a las mismas.
Benavides recordó que existe el precedente de la resolución de la Sala Constitucional que facultó al presidente del Poder Electoral, Roberto Rivas, a acreditar a los magistrados suplentes cuando los propietarios no quieran establecer el quórum.
“No asistir, me da la impresión como que nosotros nos metemos debajo de una mesa ante problemas serios que ocurren en este poder del Estado, creo que debemos de afrontar la realidad, levantar nuestra voz de protesta, señalar los artículos constitucionales que fueron violados y presentarlos de ser posible por escrito”, manifestó el magistrado electoral.
Añadió que “ocurre eso (señalamientos), que si nosotros (magistrados liberales) no llegamos, de pronto van a decir que la complicidad es permitir que pongan a los suplentes para que salga la resolución; estamos en una situación muy embarazosa, muy incómoda, no quiero yo decir de que seamos dueños de la verdad absoluta, no, pero tampoco es justo que nos pongan contra la pared con esa clase de razonamientos”.
Dijo que anteriormente los magistrados liberales implementaron la estrategia de no asistir a las sesiones a establecer quórum, y que en esa ocasión los llamaron “vagos”, que debían asistir a las mismas porque para eso les pagaban.
Benavides también entrega una cuota de responsabilidad a la Asamblea Nacional, porque hasta el momento no ha impulsado una interpretación auténtica del artículo 6 de la Ley Electoral, que fue en el que la Sala Constitucional basó su resolución para acreditar a los suplentes, y que en cierta forma mantiene esa ventaja para los sandinistas en el Poder Electoral.
El quinto párrafo del artículo referido establece que los magistrados suplentes no ejercerán ningún cargo administrativo en el Poder Electoral, sus funciones serán exclusivamente para suplir la ausencia temporal de cualquier magistrado propietario, quien señalará al que lo suplirá durante su ausencia.
Sobre la contradicción entre falta de condiciones para la realización de los comicios municipales, establecido en la resolución y la habilitación de centros para verificar a los ciudadanos el día de la votación, el magistrado Benavides es del criterio que el CSE tiene “técnicos muy capaces que resuelven cualquier materia, y la resuelvan en poco tiempo”, por lo que de haber dispuesto los recursos suficientes, considera que podían subsanar en un tiempo prudencial los problemas cartográficos, originados con la afectación del fenómeno natural.