- Escalafón diplomático se fue hasta sin aguinaldo
Después de cinco meses de haber sido despedidos, funcionarios de alto rango de la Cancillería, pertenecientes al escalafón diplomático, aún esperan sus liquidaciones básicas como aguinaldo y vacaciones.
“Lamentablemente hasta el día de hoy a muchísimos de los funcionarios que han sido cesanteados no se les ha pagado su liquidación, con un problema adicional, que muchos de ellos no se les aceptó la renuncia al escalafón diplomático para no tenerles que pagar antigüedad”, dio a conocer el ex asesor de la Cancillería, Ariel Granera.
De acuerdo con Granera, la decisión gubernamental de no aceptar la renuncia a estos diplomáticos plantea una interrogante sobre la legalidad de la medida.
“No se le puede obligar a alguien a pertenecer a un escalafón diplomático, ahí hay un debate legal abierto y la Cancillería tiene que responder a esto porque hay personas afectadas en su derecho”, señaló.
REFORMAS A LA LEY
Granera manifestó que se hace necesario reflexionar sobre la Ley de Servicio Exterior, que si bien en su espíritu intenta proteger al funcionario en su servicio, deja una disposición que faculta al canciller a pasar a disponibilidad al funcionario por necesidades del servicio.
“Es decir, es totalmente discrecional y esa disposición es un defecto en la ley, que incumbe a administraciones anteriores, esta se promulgó en la época del ex presidente Arnoldo Alemán y le correspondió a la administración del ex presidente Enrique Bolaños aplicarla y que ahora la aplica el actual Gobierno, pero que debía revisarse en ese punto”, dice Granera para quien esa discrecionalidad del canciller establecida en la ley niega la esencia de la misma que busca la institucionalidad y termina “sacando por la ventana lo que se metió por la puerta” .
“Lo que se quería eliminar es el manoseo por razones partidarias de los funcionarios”, dice Granera para quien la ley debe reformarse para hacer coherente con el cuerpo de la ley esa reivindicación del funcionario.
LO QUE DICE EL ARTÍCULO 72
El artículo 72 de la Ley establece que el canciller “por conveniencia del Servicio, podrá acordar el paso a disponibilidad, sin goce de sueldo, de un funcionario de carrera por un plazo no mayor de tres años”. En este período se acumula antigüedad.