Mauricio Montealegre. representante legal de la ALN, solicitó la ampliación del plazo para la sustitución de Salvador Talavera, como candidato a diputado de la ALN. (LAPRENSA/G.FLORES)

CSE se cierra en el caso Talavera

[doap_box title=»Lo que dice la Ley» box_color=»#336699″ class=»archivo-aside»] El artículo tres de la Ley Electoral en el tercer párrafo establece que “en el caso de renuncia, falta definitiva o de incapacidad permanente de cualquiera de los candidatos a presidente o vicepresidente de la República durante el proceso electoral el partido o alianza de partidos al […]

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El artículo tres de la Ley Electoral en el tercer párrafo establece que “en el caso de renuncia, falta definitiva o de incapacidad permanente de cualquiera de los candidatos a presidente o vicepresidente de la República durante el proceso electoral el partido o alianza de partidos al que pertenecieren designará a quien o quienes deban sustituir”.

Sin embargo, Acuña, a través de una interpretación “sui géneris” de la Ley, ignora el artículo 83 de la Ley Electoral que señala que “El Consejo Supremo Electoral fijará en el calendario, el período hábil para la inscripción de candidatos. Los partidos políticos o alianzas de partidos, a través de sus respectivos representantes legales podrán sustituir sus candidatos en una, varias o todas las circunscripciones en el periodo señalado o en la prórroga que le conceda el Consejo Supremo Electoral”.

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El director de Atención a Partidos Políticos del Consejo Supremo Electoral (CSE), Julio Acuña, señaló ayer que “es inadmisible” la sustitución del candidato a diputado nacional de la Alianza Liberal Nicaragüense (ALN) y presidente del Partido Resistencia Nicaragüense (PRN), Salvador Talavera.

Acuña dijo que “en términos de la Ley Electoral y del calendario electoral es inadmisible una solicitud de esa naturaleza”, aunque aseguró que serán los magistrados del CSE los que tendrán que resolver si aceptan o no la solicitud de ALN.

Ayer el representante legal de la ALN, Mauricio Montealegre, acompañado de Oscar Sobalvarro, comandante Rubén; Luis Fley, comandante Jhonson; y Encarnación Valdivia, comandante Tigrillo; solicitaron a Acuña una ampliación del plazo de inscripción, sustitución y renuncia de candidatos y a la vez la sustitución de Talavera, amparado en el artículo 83 de la Ley Electoral.

Montealegre dijo que existen antecedentes de sustituciones de candidatos, diez días antes de las elecciones nacionales y recordó que el Frente Sandinista cambió, en el 2001, de la lista de diputados del Parlamento Centroamericano (Parlacen) a Fidel Moreno y lo colocó en la de diputados nacionales.

Sin embargo, Acuña explicó que la solicitud de ampliación del plazo para sustituir a un candidato concluyó el pasado nueve de junio, y en todo caso los partidos políticos debieron requerirlo antes de esa fecha.

“La Ley Electoral en el artículo tres establece que puede haber sustitución de candidato sólo en el caso de presidente y vicepresidente por renuncia o falta definitiva, además en el calendario electoral se contempló las impugnaciones, renuncias y sustituciones el nueve de junio”, apuntó Acuña.

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