emmet lang (la prensa/ M. esquivel )

CSE aplicará normativa ética a “transgresores”

El vicepresidente del Consejo Supremo Electoral (CSE), Emmet Lang, aseguró ayer que el Poder Electoral aplicará sin contemplaciones el Reglamento de Ética Electoral, a los partidos, candidatos y funcionarios del CSE que lo infrinjan. Lang dijo que el CSE aplicará la Ley Electoral a los transgresores, por delitos electorales. Agregó que este año las autoridades […]

El vicepresidente del Consejo Supremo Electoral (CSE), Emmet Lang, aseguró ayer que el Poder Electoral aplicará sin contemplaciones el Reglamento de Ética Electoral, a los partidos, candidatos y funcionarios del CSE que lo infrinjan.

Lang dijo que el CSE aplicará la Ley Electoral a los transgresores, por delitos electorales.

Agregó que este año las autoridades electorales trabajarán conjuntamente con la Fiscalía Electoral para que actúe de oficio en aquellos casos donde se cometan delitos electorales.

El Reglamento de Ética Electoral señala que los candidatos y los partidos políticos no deben usar calificativos insultantes, epítetos ni referencias degradantes hacia los otros candidatos y sus familiares.

Además, prohíbe la propaganda electoral en el interior y en el exterior de edificios públicos nacionales y municipales, o en aquellos usados como escuelas estatales, así como la prohibición de mítines, concentraciones o cualquier actividad partidaria.

Asimismo impide a los funcionarios públicos que mientras estén ejerciendo actividades propias de su cargo, en días y horas laborales, realicen o distribuyan propaganda electoral.

Del mismo modo se prohíbe el uso de bienes propiedad del Estado para fines de proselitismo político, porque será considerado como delito electoral.

El Reglamento de Ética Electoral restringe el uso de altoparlantes a las organizaciones políticas en campaña electoral, antes de las siete de la mañana y después de las ocho de la noche, además prohíbe la participación de los miembros de la Policía Nacional y del Ejército de Nicaragua en los actos de proselitismo político.

Las sanciones establecidas en el artículo cuatro del Reglamento de Ética Electoral establecen amonestación pública a los infractores y a las organizaciones políticas, hasta penas carcelarias por delitos electorales.

El reglamento también contiene las mismas sanciones para los funcionarios del CSE que destruyan propaganda, que realicen actividades proselitistas, que obstaculicen la entrega de materiales electorales, así como la destrucción y retención de las boletas el día de las elecciones, o al que porte distintivos partidarios en los lugares donde ejerza sus funciones, entre otras.

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