Consulado impulsa inscripciónde nicas residentes en Costa Rica

corresponsal/costa Rica El Consulado general promueve la inscripción de niños nacidos en Costa Rica pero que son hijos de nicaragüenses, con el fin que sean inscritos en el registro civil de Nicaragua y que al momento de ingresar al país de origen de sus padres no paguen el costo de los 25 dólares de visa. […]

corresponsal/costa Rica

El Consulado general promueve la inscripción de niños nacidos en Costa Rica pero que son hijos de nicaragüenses, con el fin que sean inscritos en el registro civil de Nicaragua y que al momento de ingresar al país de origen de sus padres no paguen el costo de los 25 dólares de visa.

El cónsul general, Armando Arana, indicó que la iniciativa es amparada en el artículo 16, inciso 2, de la Constitución Política de Nicaragua, que establece muy claramente que son nacionales los “hijos de padre o madre nicaragüense” nacidos en el exterior.

Arana indicó que la inscripción se puede realizar en los consulados nicaragüenses ubicados en Costa Rica, en sitios como San José, Liberia y Los Chiles, así como los nuevos que habilitaron la semana anterior en Ciudad Quesada y Sarapiquí.

El secretario de la Cancillería, Armando Boza, explicó además que con esta idea se pretende que una vez inscritos los menores puedan optar a un pasaporte nicaragüense.

“Creo que es una buena idea de Nicaragua, sobre todo si se trata de evitar que cuando los niños viajen no pague visa nica”, dijo Vilma López, originaria de Carazo, Nicaragua, quien tiene tres nietos nacidos en este país .

Precisamente a inicios de año, el director de Migración de Costa Rica, Johnny Marín, consideró que el cobro de visa de ingreso a Nicaragua impidió que muchas familias nicaragüenses retornaran a vacacionar para las fiestas de Navidad y fin de año.

El trámite de la inscripción es sencillo. Sólo hay que presentar original y copia del Certificado de Nacimiento del menor, así como original y copia de las identificaciones de ambos padres.

Aunque dicho trámite tiene un costo de cinco dólares, el Cónsul acreditado tiene la facultad de exonerar el cobro en casos que se amerite, como lo es la falta de dinero.

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