Miembros de la Red Nacional de Defensa de los Consumidores interpusieron dos recursos ayer contra Unión Fenosa. (LA PRENSA / O. Miranda)

Consumidores se amparan

En contra del alza de la energía Carlos Martínez Morá[email protected] La Red de Defensa del Consumidor recurrió ayer ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) por inconstitucionalidad en contra de la Ley de Estabilidad Energética, aprobada recientemente en el parlamento. También introdujo un recurso de amparo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo en contra […]

  • En contra del alza de la energía

Carlos Martínez Morá[email protected]

La Red de Defensa del Consumidor recurrió ayer ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) por inconstitucionalidad en contra de la Ley de Estabilidad Energética, aprobada recientemente en el parlamento.

También introdujo un recurso de amparo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo en contra del cobro del siete por ciento de incremento que la empresa Unión Fenosa está aplicando en su facturación desde inicios de año, aprobado por el Instituto Nicaragüense de Energía (INE).

Ruth Selma Herrera, directora de este organismo de la sociedad civil, informó que recurrieron principalmente en contra del artículo número cinco de la Ley de Estabilidad Energética, porque este le otorga facultades a Unión Fenosa para ingresar a cualquier propiedad privada y a cualquier hora del día a realizar inspecciones eléctricas, sin la autorización del dueño o propietario.

Explicó que ese artículo es inconstitucional porque le concede a esa empresa facultades que no posee ni la Policía Nacional en su labor contra la delincuencia.

“Porque para que la Policía pueda allanar una morada de un ciudadano necesita una orden judicial, y la Ley de Estabilidad Energética le concede a Unión Fenosa toda facultad para entrar a cualquier vivienda en el momento que lo estime necesario”, dijo.

Agregó que con ese artículo se violan las garantías constitucionales, como el derecho a la seguridad de los ciudadanos, la inviolabilidad del domicilio, la privacidad de las personas, entre otros derechos.

Criticó también el hecho de que sin el consentimiento del dueño de la morada, la empresa Unión Fenosa puede introducir cámara de vídeo en las viviendas, introducir personas extrañas como testigos, y además tomar fotos que considere necesarias.

Jannette Chávez Gómez, coordinadora jurídica de la Red de Defensa del Consumidor, informó que es injusta la autorización del aumento a Unión Fenosa, cuado esta empresa no ha sido eficiente y no ha cumplido con todas la obligaciones que el contrato de concesión establece.

Los magistrados tienen tres días para pronunciarse si aceptan o no ambos recursos para estudiarlos y llamar a las partes. De ser así, Fenosa está en la obligación de suspender el alza.

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