María José Uriarte [email protected]
La aplicación del artículo 49 de la Ley Electoral volvió a ser causa de reclamo de parte del representante legal del Partido Liberal Constitucionalista (PLC) ante las elecciones regionales, Silvio Américo Calderón, sobre todo cuando existe un considerable porcentaje de ciudadanos que no poseen aún su cédula de identidad.
El artículo 49 refiere que la inscripción o verificación, en su caso, es personal e indelegable. Para identificarse y comprobar su edad, los ciudadanos podrán utilizar además de la cédula de identidad, el carnet del Seguro Social, licencia de conducir o pasaporte.
Agrega que los ciudadanos que no dispongan de documentos que los identifiquen, podrán presentar dos testigos idóneos que bajo promesa de ley den testimonio de su identidad.
Aunque Calderón reconoce que el principio general es que la verificación la haga el ciudadano que aparece en el padrón electoral de su respectivo Centro de Votación, con la cédula de identidad, también plantea que muchos ciudadanos en las elecciones municipales votaron con documento supletorio, al no tener cédula.
“¿Qué pasa con el que llega a verificarse que no tiene documento, y a esta fecha no le ha salido su cédula? ¿entonces, de qué sirve el acto de verificación donde tampoco le aceptan su pasaporte, el carnet del Seguro Social ni la licencia de conducir que son documentos que para tal acto los permite la Ley Electoral?”, cuestionó Calderón.
CSE RESPONDE
Para Calderón, los magistrados no pueden modificar lo establecido en la Ley Electoral, por sí y ante sí.
Por su parte, el presidente del CSE, Roberto Rivas, respondió que primero “habría que mandarlos a leer la Ley Electoral, para que vean que el artículo 49 está dentro del capítulo que se refiere a la inscripción ad hoc”, en caso de no haber un padrón electoral permanente.
Rivas añadió que “lo lógico es que si el ciudadano tiene su cédula, que se identifique con la misma, y si tiene una colilla de solicitud, que la presente”.