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Mediación ya tiene ley vigente
Ricardo Guerrero N.
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Desde ayer toda persona natural o jurídica, incluyendo el Estado, en sus relaciones contractuales tiene el derecho a recurrir a la mediación y al arbitraje, así como otros procesos alternos similares, para solucionar sus diferencias patrimoniales y no patrimoniales.
La Ley 240 conocida como Ley de Mediación y Arbitraje generará un cambio fundamental en la sociedad, ya que permitirá a la sociedad en general, solucionar sus conflictos comerciales por medio de métodos de resoluciones alternativas de controversias, estimó César Vega Masís, consultor que participó en la elaboración de la ley.
“Hoy se marca el inicio de una nueva etapa institucional que implica un cambio de actitudes entre los individuos, una adecuación de las estructuras y un cambio en la política de las instituciones”, estimó Masís.
Marcela Filloy Zerr, experta en comercio internacional y solución de controversias y autora de la ley, manifestó que las empresas para ser competitivas no sólo han de modernizarse y estar acorde con la evolución del desarrollo tecnológico, sino que deben, igualmente, manejar adecuada y eficientemente los conflictos que día a día y en forma ascendente generan la actividad.
Al mismo tiempo indicó que la solución privada de conflictos adquiere relevancia e importancia para el empresario moderno.
Por lo tanto, sugiere la experta, los medios privados de solución de controversias parecen ser no sólo adecuados, sino que contribuyen a que la empresa sea competitiva.
José Adán Aguerri, titular de la Cámara de Comercio de Nicaragua (Caconic), mencionó que lo más importante de resaltar es que la ley fue consensuada con todos los poderes del Estado, la empresa privada y la sociedad civil.
Filloy Zerr agregó que los medios privados de solución de controversias permiten una solución más “expedita” del conflicto, ya que se da fuera del esquema de los tribunales comunes, con lo cual, no se ven afectados por las congestiones existentes en estos tribunales.
Otras de las bondades que trae esta nueva ley, a juicio de Filloy Zerr, es que el “mediador”, conciliador o tribunal arbitral sólo maneja ese conflicto, lo que hace posible una dedicación exclusiva al caso y una posibilidad física y material de tener un contacto directo con las partes y de resolver el conflicto en menor plazo.
Con esta ley se constituirán entidades dedicadas a la administración institucional de procesos de mediación y arbitraje. Cualquier persona natural o jurídica que cumpla los requisitos podrá aplicar.