Enrique Chavarría.

“Alegrón de burro”

Tribunal controlado por sandinistas revoca la sentencia de Zapata, la declara incompetente de conocer y ordena “recluir” a Alemán en El Chile Convivencia familiar no duró mucho Jorge Loáisiga [email protected] Los tribunales de justicia le dieron al ex presidente Arnoldo Alemán, lo que popularmente se conoce como “alegrón de burro”. Una juez de primera instancia […]

  • Tribunal controlado por sandinistas revoca la sentencia de Zapata, la declara incompetente de conocer y ordena “recluir” a Alemán en El Chile
  • Convivencia familiar no duró mucho

Jorge Loáisiga [email protected]

Los tribunales de justicia le dieron al ex presidente Arnoldo Alemán, lo que popularmente se conoce como “alegrón de burro”. Una juez de primera instancia le otorgó el Régimen de Convivencia Familiar, y el Tribunal de Apelaciones de Managua (TAM) de forma “oficiosa”, revocó ayer esa decisión.

La Sala Penal Uno del TAM declaró nulo el beneficio de Régimen de Convivencia Familiar que le daba libertad de movilización en Managua al ex presidente Arnoldo Alemán.

La decisión fue tomada por los magistrados sandinistas Enrique Chavarría, Silvia Rosales y Martha Quezada.

Esta última es de la Sala Penal Dos del Tribunal de Apelaciones, pero en vista de que la magistrada Martha Lacayo se excusó de conocer el caso de Alemán desde el año pasado, Quezada fue convocada a conformar sala.

60 HORAS DE LIBERTAD

El Régimen de Convivencia Familiar le había sido otorgado el lunes pasado por la Juez de Ejecución de Sentencia, Roxana Zapata. El Tribunal revocó la orden de Zapata y ordenó que Alemán cumpla “arresto domiciliario” en su casa-hacienda El Chile, en El Crucero.

“Consideramos que la resolución de Zapata no estaba ajustada a Derecho, porque se había extralimitado en sus funciones, puesto que no es de su competencia conocer dicha solicitud mientras no haya sentencia firme, que debe dictarla esta Sala, que es la que está conociendo el juicio principal”, dijo Chavarría en conferencia de prensa.

Zapata había otorgado la convivencia familiar, basada en un dictamen de Medicina Legal que establece que el reo padece 10 enfermedades crónicas y que su situación era de “difícil manejo carcelario”, a pesar de que Alemán no estaba purgando la pena en el sistema penitenciario, sino en su hacienda.

LA PRENSA intentó conocer una versión del abogado de Alemán, Mauricio Martínez, pero éste no respondió a nuestras llamadas.

“Déjese sin efecto todo lo actuado por la Juez Primero de Distrito Penal de Ejecución de Sentencia Penitenciaria. Manténgase la medida cautelar de prisión preventiva al preso José Arnoldo Alemán, la que se encuentra cumpliendo en su residencia ubicada en El Crucero”, señala la resolución del Tribunal que fue leía por el magistrado sandinista Enrique Chavarría.

La sentencia del Tribunal de Apelaciones indica que la juez Zapata era incompetente jurisdiccionalmente para conocer la solicitud de Alemán, porque el caso está en manos del Tribunal de Apelaciones.

“… dicha autoridad carece de competencia para haber emitido esa resolución, en tanto que la única autoridad competente es esta Sala, por encontrarse la causa en esta instancia”, indica el fallo.

Chavarría declaró que otros elementos que tomaron en cuenta para revocar el beneficio otorgado a Alemán por la juez Zapata, es que la Ley 285, ley antidrogas y lavado de dinero, señala que los reos condenados bajo esas figuras no podrán ser beneficiados ni con amnistías ni con indultos.

TRIBUNAL FUE DILIGENTE

Los magistrados no esperaron a que les llegara la apelación que presentó el pasado miércoles la Procuraduría General de la República (PGR) y actuaron de forma oficiosa en base al artículo 229 del antiguo Código de Instrucción Criminal.

Aunque la Procuraduría se declaró “satisfecha” por la resolución, la agilidad con que actuó el TAM le permitió obviar la solicitud que había hecho la Procuraduría, de que a Alemán no sólo se le suspendiera el Régimen de Convivencia Familiar, sino que fuera enviado a cumplir su sentencia a la Cárcel Modelo.

Alemán fue condenado a 20 años de prisión el siete de diciembre de 2004, por los delitos de lavado de dinero, malversación de caudales públicos, peculado, asociación para delinquir.

La juez Zapata le había otorgado a Alemán el Régimen de Convivencia Familiar y lo autorizaba a circular libremente por el departamento de Managua.

“Se ordena… para todos los efectos, el cumplimiento de lo aquí resuelto e inmediatamente proceder a mantener en custodia al reo José Arnoldo Alemán en su casa-hacienda El Chile”, agrega la parte resolutiva de la sentencia del TAM.

DEBIDO PROCESO

El magistrado presidente de la Sala Penal Uno del Tribunal de Apelaciones de Managua, Enrique Chavarría, explicó que el fundamento de la sentencia, aunque no está razonada de esa manera, tiene su origen en los artículos 34, inciso dos de la Constitución; uno del Código Procesal Penal (CPP), y el 229 del Código de Instrucción Criminal. El artículo constitucional y el primero del CPP se refieren al principio de legalidad, que establece que «nadie puede ser sustraído de su juez comtente ni llevado a jurisdicción de excepción».

PGR SATISFECHA

El Procurador Penal Iván Lara, dijo que la Procuraduría se siente satisfecha con la decisión del Tribunal de Apelaciones, que declaró la incompetencia de la juez Zapata para conocer el caso. El argumento básico de la PGR era la incompetencia de la judicial, expresó Lara.

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