Alba Huri Toruño, procuradora auxiliar penal, apeló ayer la resolución de la juez Roxana Zapata y enfatizó la violación al procedimiento para el trámite de peticiones como la de Arnoldo Alemán.

Se desata guerra legal por la libertad de Arnoldo Alemán

Apelación de PGR caerá en manos de magistrados sandinistas, quienes deberán confirmar o revocar orden de Zapata Mirna Velásquez [email protected] Mientras el Estado apelaba la decisión de la juez Roxana Zapata López, en la que se declaró competente para conocer el caso del ex presidente Arnoldo Alemán, magistrados liberales del Tribunal de Apelaciones ordenaban a […]

  • Apelación de PGR caerá en manos de magistrados sandinistas, quienes deberán confirmar o revocar orden de Zapata

Mirna Velásquez [email protected]

Mientras el Estado apelaba la decisión de la juez Roxana Zapata López, en la que se declaró competente para conocer el caso del ex presidente Arnoldo Alemán, magistrados liberales del Tribunal de Apelaciones ordenaban a las autoridades penitenciarias que retiraran las custodias de la casa hacienda El Chile.

Ayer Alemán recurrió de amparo ante la Sala Civil Uno de Apelaciones de Managua, porque los custodias del Sistema Penitenciario no fueron retirados de la casa hacienda El Chile pese a que así lo ordenó la juez Zapata López.

Al poco tiempo, los magistrados liberales aceptaron tramitar el recurso de amparo y ordenaron a las autoridades penitenciarias acatar la orden judicial emitida este lunes en la que se le concedió al ex presidente y reo el Régimen de Convivencia Familiar.

El presidente Enrique Bolaños, por su parte, instruyó al Procurador General de la República, Alberto Novoa, para que apelara la reciente resolución “emitida por la juez Zapata de Cuarezma que le otorga al ex presidente Alemán el beneficio del Régimen de Convivencia Familiar”, según informa una nota de prensa de la Presidencia de la República.

APELACIÓN DECISIVA

Dado que la Procuraduría apeló la primera resolución de Zapata López dictada el viernes pasado que desembocó en el otorgamiento de la libertad condicional a Alemán, el caso pasará a manos de la Sala Penal Uno de Apelaciones, dominada por magistrados sandinistas.

Los diferentes actores políticos del país se han responsabilizado mutuamente sobre la libertad dada a Alemán y tanto el líder sandinista Daniel Ortega como el presidente Bolaños niegan estar detrás de esta resolución judicial.

Lo cierto es que la duda será despejada cuando se resuelva la apelación en la Sala Penal Uno de Apelaciones, compuesta por los magistrados sandinistas Enrique Chavarría, Silvia Rosales y la liberal Martha Lacayo.

Desde que el caso Alemán ha estado en manos de esta Sala, el criterio de los sandinistas se ha impuesto concediéndole beneficios como arresto domiciliar y numerosas visitas.

PGR INSISTE ENINCOMPETENCIA DE ZAPATA

La procuradora auxiliar Alba Huri Toruño introdujo el escrito en el Juzgado Primero de Ejecución de Sentencia y Vigilancia Penitenciaria, argumentando que la juez debió tramitar el recurso del ex mandatario, sólo bajo la existencia de una sentencia condenatoria firme, cosa que no ocurre, porque el caso está en manos del Tribunal de Apelaciones de Managua.

El pasado viernes 22 de julio, durante una audiencia oral, la juez Zapata López no aceptó la solicitud de la PGR de declarar nulo el trámite de la queja y la petición de libertad de Alemán, por considerar que estaba facultada para hacerlo, aún cuando el reo Alemán no tiene una sentencia condenatoria firme.

“Debe aclarársele a la ilustrísima señora juez que conforme lo estatuye el artículo 409 del Código de Procedimiento Penal: ‘La sentencia condenatoria deberá quedar firme para originar su ejecución’.

“Lo anterior no requiere de mayor análisis técnico, ni tanto esfuerzo mental para entender que la única forma de entrar a conocer una causa por parte de la juez de Ejecución es que la sentencia quede firme”, cita el escrito de la procuradora.

Toruño ofreció como pruebas para demostrar la falta de competencia de la juez un acuerdo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que limita a la judicial a ejercer su función cuando las sentencias estén firmes.

El acuerdo citado es el número 141 y en éste se especifica que la competencia de los jueces de Ejecución de Sentencias y Vigilancia Penitenciaria será determinada en cada caso concreto, por la asignación de sentencias condenatorias firmes que serán remitidas a su despacho pasando por la Oficina de Recepción y Distribución de Causas Penales.

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