Las federaciones no deben preocuparse por la Ley 530.

Mal entendida

Ley 530 no afecta a las federaciones Alberto Rayo [email protected] El presidente de la Comisión de Educación, Cultura y Deporte de la Asamblea Nacional, el diputado Orlando Mayorga, explicó que la Ley 530 de Regulación Salarial de los Funcionarios Públicos de Mayor Jerarquía en el Estado, no prohíbe la entrega de desembolsos por parte del […]

  • Ley 530 no afecta a las federaciones

Alberto Rayo [email protected]

El presidente de la Comisión de Educación, Cultura y Deporte de la Asamblea Nacional, el diputado Orlando Mayorga, explicó que la Ley 530 de Regulación Salarial de los Funcionarios Públicos de Mayor Jerarquía en el Estado, no prohíbe la entrega de desembolsos por parte del Instituto de Deportes (Injude) a las federaciones nacionales.

La aclaración del legislador liberal se realiza tras las declaraciones que hizo el jueves Roberto Urroz, director del Injude, en una reunión que sostuvo con los presidentes de las federaciones, en la cual aseguró que la ley prohíbe la entrega del presupuesto establecido para este año.

“Nada tiene que ver”, afirmó Mayorga, secundado por el diputado sandinista, Fidel Moreno, miembro de la Comisión de Educación, Cultura y Deporte, quien manifiesta que el Injude no debe tener problemas para desembolsar la asignación presupuestaria de las federaciones.

“Lo que el Injude asigna no se considera como donación. De hecho, su responsabilidad es promover el deporte, y para cumplir ese deber tiene que entregar dinero a las asociaciones”, explicó Moreno.

De acuerdo a los legisladores, la Ley de Regulación Salarial no afecta las asignaciones presupuestarias establecidas el año pasado para el 2005. “Además —añadió Moreno— la Ley General del Deporte está en vigencia, y en la misma se establece una asignación a las federaciones”.

“El Consejo Nacional del Deporte debe reunirse para establecer la forma en que van a distribuir el presupuesto de este año. No tienen que esperar hasta el 2006, como erróneamente creen”, expresó.

No obstante, el ingeniero Urroz insiste en la interpretación que en consenso realizó un grupo de asesores legales, quienes comparten que cualquier desembolso a las federaciones, la Ley 530 en su artículo 19, numeral 6, la considera como donación.

Por consecuencia, se constituye en los delitos de malversación de caudales públicos, enriquecimiento ilícito, estafa y cohecho, con multas de hasta seis meses de salario y en caso de reincidencia, el funcionario será destituido y procesado penalmente.

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