- Concejo de Ocotal aprueba moratoria para la extracción de ése y otros materiales
Alina Lorío L.CORRESPONSAL / OCOTAL
El Concejo de Ocotal aprobó el miércoles por unanimidad una moratoria para la extracción de arena y materiales del río Coco y acciones de protección y conservación de las fuentes de agua del municipio.
La ordenanza 01-05, aprobada la noche de este miércoles en sesión extraordinaria del Concejo, es el resultado de la presión que pobladores de esta ciudad ejercieron para que el gobierno municipal evite el deterioro de los recursos naturales.
Una de las grandes preocupaciones era la explotación irracional sobre todo en la cuenca del río Coco, que estaban ejerciendo personas foráneas dedicadas a la comercialización y que extraen diariamente no menos de 40 camiones y rastras cargadas de arena, pero además destruyen la regeneración natural que viene desarrollándose en su ribera.
El Concejo consideró que es competencia del gobierno municipal desarrollar, conservar y controlar el uso racional del medio ambiente y los recursos naturales “como base sostenible del municipio y del país, fomentando iniciativas locales y contribuyendo a su monitoreo, vigilancia y control”.
Gilma Rodríguez, Vicealcaldesa de Ocotal, sostuvo que con la ordenanza queda terminantemente prohibida la extracción de arena, piedra y similares de los lechos de los ríos Coco y Dipilto, en una franja de 50 metros en ambos lados del cauce, en la circunscripción del municipio.
Explicó que la explotación irracional de los recursos arena y otros materiales de las cuencas de los ríos, sin control y autorización, amenaza con la desaparición de las fuentes hídricas del municipio.
La ordenanza especifica que instituciones como la Alcaldía y el Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales y del Ambiente (Marena) definirán en los próximos días bancos de arena y los mecanismos para la extracción racional y autorizada que cubra la demanda de la ciudad de Ocotal, previo pago de impuestos correspondientes y supervisión con la Policía Nacional.
OTRAS PROHIBICIONES
También el Concejo prohíbe el corte y extracción de árboles en una distancia de 200 metros de las fuentes de agua, a 50 metros de los cauces naturales y en zonas con pendientes mayores al 75 por ciento de elevación.
Asimismo prohíbe las quemas agrícolas en las áreas protegidas, depositar desechos sólidos peligrosos o preparar compuestos agroquímicos, el uso de plaguicidas, y el vertimiento directo e indirecto de sustancias contaminantes.
También se prohíbe el lavado de vehículos, el cercado perimetral de las riberas de los ríos, la pesca con todo tipo de instrumentos, la caza de animales y el encierro y pastoreo de ganado.
Las infracciones estipuladas en la ordenanza serán sancionadas con multas de un mil a diez mil córdobas, más el cumplimiento de las medidas para reparar los daños causados.