El comercio internacional vía electrónica

José Antonio Poveda Salvatierra La expansión del comercio internacional ha sido una de las tendencias más espectaculares que se ha producido desde la última mitad del siglo XX, y actualmente está experimentando un crecimiento aún mayor gracias a los medio electrónicos. Las redes mundiales de la información están transformando al mundo y acercando más a […]

José Antonio Poveda Salvatierra

La expansión del comercio internacional ha sido una de las tendencias más espectaculares que se ha producido desde la última mitad del siglo XX, y actualmente está experimentando un crecimiento aún mayor gracias a los medio electrónicos.

Las redes mundiales de la información están transformando al mundo y acercando más a la gente a través de la innovaciones mundiales. Ejemplo: competitividad, empleo y calidad de vida. Con las nuevas tecnologías, el tiempo y la distancia dejan de ser obstáculos; las redes mundiales de información como Internet no conocen fronteras.

Son muchos los estudiosos que han tratado de definir esta nueva modalidad mercantil, pero aún no se tiene una definición precisa sobre el tema, pero para entender mejor la elaboración de este trabajo es indispensable conocer algunas definiciones de lo que es el comercio electrónico.

La Organización Mundial de Comercio (OMC) define el comercio electrónico como “la producción, publicidad, venta y distribución de productos vía redes de telecomunicaciones”.

Según estudios de situaciones del comercio electrónico en España, lo definen en sentido amplio como: cualquier forma de transacción o intercambio de información comercial basada en la transmisión de datos sobre redes de comunicación como el Internet. En este sentido el concepto de comercio electrónico no sólo incluye la compraventa de bienes, información o servicios, sino también el uso de la red para actividades anteriores o posteriores a la venta como son:

—Publicidad.

—Búsqueda de información sobre productos, proveedores, etc.

—Negociación entre comprador y vendedor sobre el precio, condiciones de entrega.

—Atención al cliente antes y después de la venta.

—Complementación de trámites administrativos relacionados con la actividad comercial.

—Colaboración ente empresas con negocios comunes (a largo plazo o sólo de forma coyuntural).

Las ventajas del comercio electrónico son evidentes, tal como lo expresa la licenciada Rossana Gabriela Noguera Rivas en su monografía: Determinación de la oferta en los contratos electrónicos.

1. Reduce los retrasos gracias a la velocidad de transmisión.

2. Disminuye el ciclo de producción, creando mercados más competitivos.

3. Hace posible la igualdad de trato a los clientes independientemente de sus características individuales: nacionalidad, lugar de residencia, etc.

4. Amplía de forma considerable el mercado potencial de las empresas.

5. Faculta a las pequeñas y medianas empresas el acceso a mercados que de otra manera serán excluidas por su elevado coste.

Pese a todo, también es que este tipo de comercio presenta sus inconvenientes, algunos de ellos potencialmente peligrosos y todavía por solucionar. Entre ellos el más importante es la falta de seguridad en los procesos de compraventa.

Aspectos sobresalientes del comercio electrónico

1. Transnacionalización de sus efectos. Los límites políticos y geográficos no tienen mayor importancia en este tipo de comercio.

2. Desaparición de las barreras de entrada. Esto posibilita el surgimiento de organizaciones virtuales o el ofrecimiento de bienes y servicios a través de Internet por parte de empresas que no están sujetas a controles adecuados, o que podrían carecer de patrimonio suficiente en el caso de responder por daños.

3. Urgencia de implementar un eficiente sistema de resolución de disputas a escala internacional en transacciones de pequeños montos.

4. Necesidad de nuevas legislaciones que regulen las transacciones en el medio digital, cuyos matices no pueden ser regulados de forma eficaz por la legislación vigente.

5. Elaboración coordinada de principios sobre la materia a escala internacional. Se deben incluir principios generales sobre políticas internacionales, encaminadas a tomar confiables los medios digitales para el pleno desarrollo de la sociedad de la información.

La contratación electrónica es eminentemente mercantil, pero detallar cada uno de sus aspectos resulta, para nuestra nula legislación nicaragüense en esta materia, una labor muy difícil, ya que no implica sólo cuestiones propias del mundo del derecho, sino de nuestra propia mentalidad formada bajo esquemas tradicionales.

Nuestro Código de Comercio y nuestro Código Civil, resultan insuficientes para este tipo de contrato como es el contrato electrónico; pero sus antiguas normas podrían servirnos junto con otras normas diferentes para alcanzar los fines que se persiguen.

La contratación electrónica debe garantizar las operaciones mercantiles y comerciales que se llevan a cabo, siendo necesario no dejar lagunas jurídicas que puedan frenar el uso adecuado de la tecnología.

“Para Davara Rodríguez, el contrato electrónico es aquél que se realiza mediante la utilización de algún elemento electrónico cuando éste tiene o puede tener una incidencia real y directa sobre la formación de la voluntad o el desarrollo de la interpretación futura del acuerdo. En este sentido, el comercio electrónico no es sino una nueva modalidad para la formación del consentimiento, requisito esencial para la validez de los contratos”. (Determinación de la Oferta en los Contratos Electrónicos. Autora Rossana Gabriela Noguera Rivas).

El autor es vicedecano Facultad de Derecho UNAN-León y Catedrático Derecho Internacional

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