Hernán Estrada
Para esta época del año los viajeros que visitan el país se encuentran a veces con la desagradable sorpresa de que su maleta no les llegó. Lo primero que hay que determinar en estos casos es si el equipaje llegó con retraso o se perdió. Las leyes que regulan esta materia son la Ley de Defensa de los Consumidores (Ley 182) y la Convención de Varsovia de 1929.
El Artículo 18 de esta Convención se refiere al equipaje facturado que ha sido extraviado “durante el transporte aéreo”. Si bien se dan algunas discusiones académicas sobre el significado exacto de esa expresión, se puede decir que ese período abarca desde el momento de la facturación del equipaje en el mostrador de la compañía aérea hasta el momento de la recogida del mismo en la cinta de equipajes del aeropuerto de destino. En caso que la pérdida del equipaje sea responsabilidad de la compañía aérea se pagará 250 francos-oro por kilogramo (unos 25 dólares), salvo que el pasajero haya realizado una declaración especial del valor del equipaje en el momento de la facturación y haya abonado una tasa suplementaria.
En lo relativo al equipaje cuya custodia conserva el viajero, la responsabilidad de la aerolínea está limitada a cinco mil francos-oro por pieza (475 dólares). El derecho al cobro de la indemnización pertinente caduca a los dos años del momento en el que el equipaje debió haber sido entregado.
Las condiciones recogidas en la Convención de Varsovia son los derechos mínimos del pasajero. La compañía aérea no puede rebajar estas condiciones en el billete de vuelo o en otro documento. Hay que tener en cuenta que el Convenio de Varsovia establece los derechos mínimos de los pasajeros viajando en vuelos internacionales.
La Ley de Defensa de los Consumidores, en su Artículo 12, numeral “k” señala que los usuarios tienen derecho a la protección de sus vidas “y sus bienes” por lo que los pasajeros bien pueden acudir a la Dirección de Defensa de los Consumidores para que se le pague el valor de los mismos. Si a usted le ocurre en estos días una situación como esa, denuncie la pérdida o exija lo que la Convención de Varsovia señala, o acuda a cualquier Centro de Protección de los Consumidores para averiguar qué otros pasos puede dar.
Presidente del Centro de Protección y Defensa de los Consumidores