Cementera a los Somoza

Sentencia de la CSJ confirma que Isabel Urcuyo viuda de Somoza fue “ilegítimamente” confiscada “La inversión extranjera se podría acabar por ese tipo de fallos”, dice el vocero presidencial Jorge Loáisiga Mayorga Roman, Times, serif»> Cementera a los Somoza Sentencia de la CSJ confirma que Isabel Urcuyo viuda de Somoza fue “ilegítimamente” confiscada “La inversión […]

  • Sentencia de la CSJ confirma que Isabel Urcuyo viuda de Somoza fue “ilegítimamente” confiscada
  • “La inversión extranjera se podría acabar por ese tipo de fallos”, dice el vocero presidencial

Jorge Loáisiga Mayorga

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Cementera a los Somoza



Sentencia de la CSJ confirma que Isabel Urcuyo viuda de Somoza fue “ilegítimamente” confiscada

“La inversión extranjera se podría acabar por ese tipo de fallos”, dice el vocero presidencial

Jorge Loáisiga Mayorga




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La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), dictó una sentencia en la que deja firme la resolución de la Comisión Nacional de Revisión de Confiscaciones (CNRC) que ordena a la Corporación Nacional de la Administración Pública (Cornap), devolver la Compañía Nacional Productora de Cemento a sus antiguos accionistas, entre los que figuran miembros de la familia Somoza.

La sentencia indica que el Poder Ejecutivo violó derechos constitucionales de los antiguos accionistas de la Cementera, al no dar lugar a un recurso de apelación contra medidas de la Comisión Nacional de Revisión de Confiscaciones (CNRC).

El presidente de la Cornap, Chéster Noguera, dijo que el caso está en la Presidencia y que no podía emitir opinión.

Mientras tanto el vocero presidencial Lindolfo Monjarretz, dijo que la asesoría jurídica de la Presidencia estudia la sentencia.

Pero advirtió que “Nicaragua podría desmoronarse ante una millonaria demanda en tribunales internacionales que presente la empresa Cementos de México” (Cemex), que tiene el derecho de arriendo de la Cementera por 25 años, otorgado por el Estado de Nicaragua mediante una licitación que ésta ganó en el año 2000.

Agregó que “la inversión extranjera se podría acabar por la inseguridad jurídica que generan ese tipo de fallos”.

El magistrado de la CSJ y miembro de la Sala Constitucional, Marvin Aguilar, dijo que “toda sentencia de amparo, lo que busca es una declaratoria de violación de los derechos constitucionales. Ellos tienen que tramitar eso (la devolución ) en un juicio civil, como en el caso de la sentencia del BECA (Banco Europeo de Centro América) en que se dio lugar al amparo, pero tienen que ir a un juicio civil; la sentencia no es para devolver ni cosas ni bienes”, indicó el magistrado Aguilar. El magistrado de tendencia sandinista no quiso profundizar sobre si este fallo desmontaba los llamados “logros de la revolución sandinista”.

Alvaro Somoza, representante de Isabel Urcuyo viuda de Somoza (su madre, esposa del ex presidente Luis Somoza Debayle) dijo que desconocía la sentencia y que el caso lo estaba conociendo el abogado de los accionistas, Antonio Morgan Pérez. Urcuyo poseía en 1979 el nueve por ciento de las acciones de la Cementera.

LA PRENSA intentó conocer la reacción de Morgan, pero no fue posible localizarlo en su casa de Granada.

LA PRENSA tampoco pudo localizar al gerente de Cemex de Nicaragua, Mauiricio Santamaría, para conocer su reacción ante la posible devolución la Cementera a sus antiguos dueños y saber si demandarían al Estado de Nicaragua.

La sentencia de la Sala Constitucional número 146 de fecha 21 de diciembre de 2004 resuelve favorablemente un recurso de amparo que había presentado el abogado de los antiguos accionistas de la Cemetera, Alfonso Antonio Morgan Pérez, contra el presidente Enrique Bolaños, por haber denegado un recurso de apelación contra la CNRC, en noviembre del 2002.

“En consecuencia queda firme la Resolución Administrativa A-5897-02 de las diez de la mañana del 30 de septiembre de dos mil dos, dictada por la Comisión Nacional de Revisión de Confiscaciones, en que admite la petición hecha por la apoderada de la Compañía Nacional de Cemento Sociedad Anónima (Canal S.A.), restituyéndose al agraviado en su derecho, por ser éste el objeto del recurso de amparo”, dice la parte resolutiva de la sentencia.

Agrega que debe girarse oficio al presidente Enrique Bolaños, para que dé fiel cumplimiento a lo ordenado en la resolución de la CNRC.

Bolaños fue notificado el 22 de diciembre pasado a las 2:15 minutos de la tarde, por el secretario de la Sala Constitucional de la CSJ.

EL DEBIDO PROCESO

“No le queda duda a esta Sala de lo Constitucional, la irrefutable violación del debido proceso, esto es, el principio de tutela judicial efectiva, contenido en el Artículo 34 numerales 8 y 9, y Artículo 52 de la Constitución Política, así como el principio de igualdad procesal”, dice la sentencia.

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