- Deja a Bancentro sin posibilidad de apelar la sentencia que le ordena pagar US$6 millones a Montealegre
Mirna Velásquez Sevilla
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CSJ ampara a Haroldo Montealegre
| Deja a Bancentro sin posibilidad de apelar la sentencia que le ordena pagar US$6 millones a Montealegre |
Mirna Velásquez Sevilla
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) cercó las posibilidades del Banco de Crédito Centroamericano (Bancentro), de revertir una millonaria sentencia que le ordena pagar al ex banquero Haroldo Montealegre Lacayo, seis millones de dólares.
Este lunes esa Sala admitió un recurso de amparo que favorece a Montealegre Lacayo, quien recurrió contra los magistrados miembros de la Sala Civil Uno del Tribunal de Apelaciones de Managua.
Los magistrados Mario Barquero, Guillermo Estrada Borge y Roberto Borge Tapia, emitieron una carta-orden que mandaba admitir un recurso de apelación en contra de una sentencia firme y ejecutoriada dictada en el Juzgado Quinto Civil de Distrito de Managua, producto de un juicio ejecutivo corriente entre Montealegre y Bancentro.
El argumento de Montealegre para recurrir de amparo es que no eran competentes para tramitar dicho recurso de hecho, sino la Sala Civil Dos, lo cual fue aceptado por la Corte.
“Declárese sin valor legal alguno el auto o resolución dictada por la Sala Civil Número Uno del Tribunal de Apelaciones (…) asimismo, no habiendo más instancias que agotar por haber precluido el derecho de apelar de Bancentro, cúmplase con la sentencia dictada”, refiere parte de la sentencia.
La sentencia ordena “restituir al agraviado” sus derechos transgredidos “volviendo las cosas al estado que tenían antes”. Esto implica, según Boanerges Ojeda, abogado de Montealegre, que ya no hay más nada que discutir en cuanto a la sentencia y que es incorrecta la admisión de la apelación.
El apoderado legal de Bancentro, Salvador Pérez García, analizó que el efecto que traerá esta sentencia es que el juicio ejecutivo deberá continuarse tramitando en el Juzgado Quinto Civil de Distrito de Managua, donde inició.
Pérez minimizó la resolución e informó que introdujo otro recurso contra esta nueva sentencia de la Corte, porque no se puede recurrir de amparo contra las resoluciones tomadas por los tribunales de justicia que hacen uso de su competencia.