- Diputados panameños pierden inmunidad en procesos penales
AFP y LA PRENSA DE PANAMÁ
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Panamá reforma su Constitución
| Diputados panameños pierden inmunidad en procesos penales |
AFP y LA PRENSA DE PANAMÁ
PANAMA.- El Congreso de Panamá aprobó un amplio paquete de reformas a la Constitución que eliminan privilegios a los legisladores e introducen la Asamblea Constituyente como mecanismo para modificar en el futuro la Carta Magna, informaron fuentes legislativas este miércoles.
Las reformas fueron ratificadas en tres debates por la actual legislatura, que inició labores el pasado 1 de septiembre con la asunción del presidente Martín Torrijos, tras haber sido aprobadas en agosto pasado durante los últimos meses del mandato de la ex presidenta Mireya Moscoso.
La aprobación de estas modificaciones elimina la inmunidad parlamentaria para casos de tipo penal y fija en 71 el número máximo de legisladores que tendrá Panamá (hasta ahora el número cambiaba según el incremento de la población).
También establece que si las elecciones presidenciales se realizan cada cinco años, en el mes de mayo, el presidente elegido asumirá el cargo el 1 de julio y no el 1 de septiembre como ocurría hasta la fecha.
Las reformas también obligan a realizar durante el gobierno de Torrijos un referéndum para que la población apruebe o rechace la decisión de ampliar la infraestructura del Canal de Panamá.
Otra de las novedades instauradas por la reforma constitucional es la posibilidad de realizar una asamblea nacional constituyente, la cual deberá ser solicitada al tribunal electoral por las firmas de al menos el 20% de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral.
La Constitución modificada entrará en vigencia una vez sea publicada en el diario oficial en los próximos días.
A partir de esta reforma, habrá un número fijo de 71 diputados (legisladores), lo que obligará a una serie de modificaciones electorales que permitan mantener esta cantidad, aún cuando crezca el número de votantes.
Representa otro cambio la supresión de un vicepresidente de la República, el segundo, al igual que uno de los suplentes de diputado (legislador).
La modificación del artículo 319 señala que los convenios o tratados que celebre el Ejecutivo sobre un nuevo canal de esclusas, uno a nivel o un tercer juego de esclusas, así como su zona adyacente y la protección del área tendrán que ser aprobados por el órgano legislativo y luego sometido a referendo nacional.