- Intereses políticos con lenguaje de Ley del Sistema Penitenciario y Constitución
Mirna Velásquez Sevilla y Elizabeth Romero
Las intenciones de enviar de regreso a la cárcel La Modelo, en Tipitapa, al ex presidente y reo Arnoldo Alemán, basadas en un análisis de la Ley del Sistema Penitenciario son objeto de cuestionamientos. Para el juez Primero de Distrito del Crimen, David Rojas, quien tramita dos procesos contra Alemán, la Constitución Política de Nicaragua prima sobre cualquier otra ley.
Aunque Rojas declinó hacer algún comentario sobre estas intenciones, citó que la Constitución Política dice que las sentencias dictadas por tribunales y jueces deben ser cumplidas, y en este caso el reo Alemán permanece en el Hospital Militar debido a una orden judicial.
Rojas insistió en que hay una orden judicial que orienta mantener a Alemán ahí hasta que se cumpla su período de recuperación de la cirugía.
Alemán lleva más de dos meses en el Hospital Militar a razón de una cirugía ambulatoria a la que fue sometido en dos dedos de su mano derecha, la cual fue superada exitosamente.
Sobre una posible decisión ejecutiva para que Alemán regrese a la cárcel La Modelo, Rojas dijo que escuchó rumores que indican que “el señor (Ministro de Gobernación, Julio) Vega estaba ordenando el traslado. Esta autoridad judicial no ha ordenado ningún traslado y yo más bien diría que si esos rumores son ciertos habría que hacerle un llamado al señor Vega que respete la orden judicial”.
“Sería un mal precedente para el país que otro poder del Estado violente la orden judicial, sería un acto muy lamentable”, expresó Rojas, tras señalar que de hacerlo “serían manifestaciones de alto golpe de Estado”.
“Estaríamos ante una apología del delito y principalmente estaríamos ante un acto de un golpe de Estado”, insistió Rojas, quien recordó que ya hay un dictamen médico y sobre esa decisión suya todavía no ha hecho ningún cambio.
No descartó que en los próximos días solicite una valoración médica y en base a los resultados adoptará una decisión.
CONSTITUCIÓN VS. LEY DEL SPN
El artículo 167 de la Constitución textualmente dice que “los fallos y resoluciones de los tribunales y jueces son de ineludible cumplimiento para las autoridades del Estado, las organizaciones y las personas naturales y jurídicas afectadas”.
Rojas considera que la Constitución está por encima de las leyes y que en este caso prima la Constitución sobre la Ley del Sistema Penitenciario.
No obstante, algunos juristas consideran que una vez que los jueces condenan a un reo y pasa al Sistema Penitenciario, la jurisdicción la tiene el Sistema Penitenciario.
La Ley que rige al Sistema Penitenciario en su artículo 48 referido al traslado de los internos condenados, apunta que el traslado de los privados de libertad o internos, de un centro penitenciario a otro, únicamente podrá ser ordenado por el director general del Sistema Penitenciario Nacional, quien a su vez debe informar al juez de ejecución de la pena.
“En los casos en que los traslados se realicen por medidas de seguridad, se procederá a realizar éste de manera inmediata, debiendo comunicársele al juez en las subsiguientes veinticuatro horas de realizado el traslado”, continúa la referida Ley.
LA PRENSA intentó conocer la reacción de Mauricio Martínez, abogado de Alemán, pero no respondió a las llamadas telefónicas.