Jorge Loáisiga Mayorga
Roman, Times, serif»>
Analizan contrato con Hispánica
Jorge Loáisiga Mayorga
La Contraloría General de la República (CGR), estudia la posibilidad de denunciar de nulidad el contrato para la ampliación de la carretera Ticuantepe-Masaya-Granada, suscrito entre el Ministerio de Infraestructura y Transporte (MTI) y la empresa española Constructora Hispánica, según confirmó el contralor Guillermo Argüello Poessy.
Argüello dijo que se ha orientado a la Dirección Jurídica de la CGR analizar el contrato y el convenio firmado con el Gobierno español, así como todos los documentos relacionados al proceso de licitación y adjudicación.
“Nosotros estamos trabajando en esos detalles. Creemos que las cosas que están diciendo los medios tienen fundamento y queremos comprobarlo mediante una auditoría bien planificada. Si las cosas se han hecho violando la Ley de Contrataciones del Estado, no tendremos más que denunciar de nulidad, pero tenemos que esperar los resultados de los análisis jurídicos”, expresó Argüello.
El miembro del Consejo Superior de la Contraloría General de la República, dijo que ayer mismo se reunieron de manera extraordinaria, para solicitar oficialmente al director general de Contrataciones del Estado, José María Saravia Ocón, que suministre a la CGR toda la información relacionada a la supuesta modificación del precio establecido en el contrato original, al pasar de 22.2 millones de dólares a 25 millones, según lo confirmó el lunes pasado el MTI en un comunicado divulgado entre los medios de comunicación.
Según el MTI, estos tres millones adicionales corresponden a impuestos que serán pagados con recursos del Estado.
Agregó que no es posible que se esté diseñando y construyendo a la vez porque la Ley de Contrataciones lo prohíbe. “Eso es ilegal”, expresó.
PROHIBICIONES DE LEY
El inciso e del artículo 11 del Capítulo III de la Ley Contrataciones del Estado establece que “en los casos de contrataciones de obras del Estado, las empresas que hayan prestado el servicio de diseño, individualmente o en consorcio, no podrán participar en las convocatorias para la contratación del servicio de supervisión”.
“De igual forma –agrega el artículo– las empresas que hayan prestado los servicios mencionados de diseño o de supervisión, no podrán participar en la oferta de construcción de la obra. Quedando en consecuencia prohibida la colusión en la prestación de dichos servicios en cualquiera de los casos”.
Asimismo, el artículo 12 de la misma Ley establece que no podrán ser oferentes “las personas que hayan intervenido como asesores o participado en la elaboración de especificaciones, diseño de planos constructivos o presupuesto para la licitación objeto del contrato.
El MTI ha alegado que esa fue una modalidad que se adoptó en el marco de referencia del convenio de préstamo con España que incluye diseño y construcción y que en los costos están especificados a través de costos unitarios.