- Durante las últimas dos décadas en Nicaragua el cobro de la propina en los restaurantes del país se ha vuelto una carga impositiva ilegal, que es
considerada en muchos casos como un cobro arbitrario en aquellos establecimientos que sirven comidas y bebidas, según coinciden los especialistas
Gabriel Sánchez Campbell
Angelina Bautista dejó de comer en los restaurantes para evitarse disgustos como el que se llevó hace dos semanas en uno de los establecimientos de comida italiana más afamados de Managua, en donde le incluyeron un cargo del 10 por ciento en concepto de propina, cuando el servicio recibido era malo.
En el restaurante le dijeron que tenía que pagarla porque el sistema de facturación no permitía eliminar el cargo. “El colmo es que lo pagué sólo porque vi la cara de preocupación del pobre mesero. No estoy en contra de la propina, pero creo que debería ser algo voluntario y no impositivo y arbitrario a como sucede aquí”, sostiene.
El servicio en la gran mayoría de los bares y restaurantes de Nicaragua tiene un precio: el 10 por ciento que en concepto de propina pagan los consumidores.
No obstante esta práctica aplicada desde hace unas dos décadas en el área de servicios en el país sigue siendo ilegal, pero al hablar de ella los meseros y propietarios de establecimientos comerciales la defienden férreamente aduciendo que de no hacerse, entre tantos efectos negativos, el valor de los productos que actualmente se pagan incrementaría en un 20 por ciento en general.
LA IMPOSICIÓN
El cobro de la propina en el país en los últimos años ha cambiado y en vez de ser un pago opcional para el consumidor, en la práctica es aplicado casi como un impuesto porque el valor de ella está incluido en la factura final que el consumidor cancela.
El pago de la propina es una práctica cuyos registros se remontan a la época babilónica, cuando los jardineros recibían una especie de recompensa cuando hacían mejor de lo normal el trabajo que se les había asignado.
Probablemente es por eso que en el diccionario de la Real Academia Española de la Lengua la definan como: Agasajo que sobre el precio convenido y como muestra de satisfacción se da por algún servicio.
Justamente la propina no es más que una muestra de gratitud por un servicio recibido y aunque el tema toma diferentes connotaciones, según el país en donde se pague, en el caso de Nicaragua la mayoría de los consumidores consultados sienten que este cobro dentro de la factura es algo impositivo que debería quedar más bien a discreción de quien recibió el servicio y no a cuenta de quien lo dio.
En el país los registros históricos sobre la autorización para el cobro de la propina datan de la década de los años ochenta, cuando algunas de las empresas turísticas y restaurantes quedaron en manos del régimen sandinista.
En ese momento a través de lo que es hoy día el Instituto Nicaragüense de Turismo (Intur) se autorizó cobrar el diez por ciento sobre el monto de lo que se pagaba, pero poco tiempo después se decidió eliminarlo y dado el malestar masivo hecho por los meseros de los mismos restaurantes al enterarse de esta disposición, el Gobierno volvió a decretar oficialmente que no se podía cobrar ese monto.
Luego, a partir de 1990, la mayoría de los nuevos establecimientos de servicio que abrieron empezaron a cobrar a su conveniencia el diez por ciento sobre el valor que se consumía.
Pero por los inconvenientes y las polémicas dadas a luz pública por los medios de comunicación sobre este mismo tema el 5 de marzo del 2001 el Intur emitió un comunicado en el que se prohibía cobrar los montos relacionados con la propina.
Dada la sensibilidad del tema para los miles de meseros, el decreto ministerial es desconocido por muchos dueños de restaurantes y el mismo Intur no lo ha hecho cumplir, porque si hoy mismo un consumidor se dirige a un restaurante, al pedir la cuenta encontrará el cargo por el servicio que recibió.
EL PROBLEMA
Según Julio Francisco Báez, experto en temas tributarios, hasta el momento no existe ninguna base legal, ni regulación técnica o jurídica para el cobro de la propina. “Y aún así uno siente que se la imponen”.
Según el abogado, este tema tiene que verse desde la ilegalidad del origen del cobro y desde la parte de complementación socio-laboral.
Desde la parte laboral considera que ha sido una práctica promovida por los dueños de bares y restaurantes para pagar bajos salarios a sus trabajadores.
“Habría que revisar cuánto es lo que les pagan como base y cuánto es lo que reciben como complemento por propina”.
Aunque considera que las instancias gubernamentales, como la Dirección General de Ingresos (DGI), el Intur y el Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (Mific) deberían tomar cartas en el asunto.
Jorge Bautista Lara, un jurista catedrático de la Universidad Centroamericana (UCA), en la Ley de Equidad Fiscal en el artículo 55 resalta que explícitamente la legislación le deja al consumidor la opción de pagarla o no.
“En ningún caso la propina deberá incluirse en el valor de la contraprestación y queda a criterio del consumidor pagar o no la misma”, indica la última parte del primer párrafo del artículo número 55 de la Ley de Equidad Fiscal.
Lara además señala que la Ley de Defensa de los Consumidores en su segundo artículo, inciso m, establece que en la venta de servicios “queda a criterio del consumidor pagar o no la propina y en ningún caso ésta deberá incluirse en el precio de la venta”, razón por la cual señala que este pago es voluntario.
Manifiesta que en el supuesto que la propina fue interpretada como obligatoria la Ley no lo dice y es sistémica al decir que es decisión del consumidor pagarla o no.
Al hacerla impositiva baja el rendimiento y la calidad del servicio porque desde que el mesero sabe que es obligatoria, sirve de manera corriente y no busca calidad de servicio.
Justamente ésa era la molestia que Angelina Bautista tenía con el restaurante italiano de Managua, el hecho que a pesar que el servicio era malo, le habían incluido en la factura el cobro de poco menos de 200 córdobas sólo por la propina.
“Es engorroso decirle al mesero: señor sabe que no le pagaré la propina porque el servicio de este restaurante es malo”, expresó.
El DILEMA DEL PAGO
Según Martín Vargas, presidente de la Cámara de Comercio de Nicaragua (Caconic), el pago de la propina debe ser voluntario en cualquiera de los establecimientos de servicio del país.
Considera que se puede incluir dentro del tique, porque el dueño del establecimiento lo puede sugerir, pero dice que al incluirse en la factura se debería dejar claro que el pago de este monto es voluntario.
“Nosotros no vemos nada malo si se incluye, creemos que es algo muy práctico para cuestiones de cálculos, pero debería decir que su pago es voluntario”.
Como representante de la Cámara este pago lo ve como una tradición y por lo tanto no cree que sea motivo de muchos problemas.
Ruth Selma Herrera, presidenta de la Red de Defensa de los Consumidores de Nicaragua, expresa que el hecho que la propina se incluya dentro de la factura es una muestra de explotación para el usuario, que es quien al final la paga.
Además argumenta que es una explotación porque se vuelve un mecanismo ficticio de remuneración para algunos trabajadores que muchas veces dan un mal servicio.
“No se debería incluir en la factura porque uno la siente como un impuesto que se paga. Pero los consumidores deben recordar que este pago es voluntario, que nadie tiene que obligarlos a pagarlo, aunque resulta incómodo hacer reclamos en esa vía”, expresó.
PARA AUMENTAR SALARIOS
Para René Hauser, directivo de la Asociación de Restaurantes de Managua (ARM), el cobro de propina se incluye en la factura para facilitar al consumidor a dar un monto por un servicio recibido y para ayudar al personal de servicio a incrementar su salario.
Además considera que si no se incluyera dentro de la factura este cobro, el precio de los platos tendría que subir en un 20 por ciento y al final pasaría prácticamente lo mismo.
Hauser expresa que se incluye la propina porque cuando las personas pagan con tarjetas de créditos, a veces no andan efectivo para dar la retribución por el servicio recibido.
Sostiene que es el consumidor el que tiene que cargar con esta cantidad de dinero porque si no tendrían que incrementar el precio.
Hauser argumenta que a su criterio el pago de la propina es casi un derecho adquirido por los trabajadores, que no puede ser eliminado después de 22 años de cobrarse.
Según Miguel Romero, directivo de la Asociación de Hoteles de Nicaragua, el cobro de la propina es algo normal que no debería causar ningún tipo de controversia.
Considera que más bien dado el tiempo que ha transcurrido desde que se inició a pagar, este 10 por ciento podría ser estipulado como una ley, a como se hace en otros países.
Aunque sobre el control del cobro, Javier Reyes Mora, responsable de Supervisión de Empresas y Actividades Turísticas del Intur, considera que por la falta de personal existente es que no se ha controlado el cobro de la propina a como actualmente se hace.
Sostiene que en teoría no debería incluírsele al consumidor en la factura como un monto adicional, sino como un tique con un monto sugerido a éste.
No obstante, Reyes Mora aduce que no son ellos los que deben controlar esta situación y por el momento no hay ninguna acción legal para evitar que en los establecimientos comerciales se siga imponiendo el cobro.
Por eso la única salida que tendrán los consumidores es reclamar y recordar que el pago de la propina es voluntario y si le están obligando a pagarla, legalmente usted no tiene por qué hacerlo.
¿EN QUE SE USA?
El pago de la propina se cree que queda totalmente en manos del mesero, pero la verdad es que es una especie de fondo distribuido entre la mayoría del personal que está detrás del servicio. Eso significa que las cocineras, chef, afanadoras y cajeros, entre otros, reciben parte de la propina que se paga.
Como norma general, la propina no forma parte del salario reflejado en la nómina. Se trata de un dinero del que los empresarios prefieren no saber nada porque muchas veces se reparte al final de la semana entre los integrantes de la barra de un bar o del personal del restaurante.
El salario promedio básico para un mesero en un restaurante de tres tenedores (clasificación usada para denotar en Nicaragua la más alta calidad del lugar), es de dos mil córdobas. Pero que es complementado en 200 por ciento por el pago de propinas.
Para el caso de los restaurantes de dos tenedores, que representa a lugares menos sofisticados, el salario promedio del mesero se calcula en unos 1,200 córdobas mensuales, el cual es compensado con unos 3,500 córdobas más por el pago de las propinas.
Y para el caso de los restaurantes de un tenedor o menos, el salario promedio es de 600 córdobas mensuales, el cual es complementado con la misma cantidad por el pago en propinas.
Sin embargo como el dinero es distribuido por los mismos propietarios de los bares y restaurantes, en algunos casos los meseros y demás empleados que reciben propinas no llevan un control específico de la cantidad de dinero que los establecimientos perciben por el pago de este concepto.
Según Julio Francisco Báez, experto en temas tributarios, habría que revisar bien esta situación para evitar que los meseros y demás personal beneficiado con el pago de la propina esté recibiendo correctamente lo que le corresponde.
La propina se basa en una ley no escrita que, si bien representa una cortesía para el que la da, constituye una parte importante de los ingresos mensuales para quien la recibe.
AFECTA ECONOMIA
Jorge Bautista Lara, jurista y catedrático de la Universidad Centroamericana (UCA), sostiene que el pago de la propina afecta la economía de la clase media y popular del país, porque cuando a ellos se les paga un menú, ven si pueden o no pagar lo que desean y si les cargan un diez por ciento adicional al valor, tienen que pagar más.
A PONER LA QUEJA
Alejandro Argüello, vicetitular del Ministerio de Fomento Industria y Comercio (Mific), sostiene que el pago de la propina debe ser voluntario, por lo que si el dueño de un establecimiento obliga a pagarla el consumidor puede acudir a esa institución para proceder.
Una de las limitantes del Mific, según Argüello, es la falta de presupuesto para pagar a los verificadores para inspeccionar establecimiento por establecimiento.
Por eso lo que recomiendan es que cuando un con sumidor tenga quejas se aboque a la Dirección de Defensa de los Consumidores para que se le dirima su caso. “Así lo hicieron el año pasado 35 personas y en todos los casos se les dio la razón y se les devolvió el dinero pagado de más en concepto de propina”.
Argüello espera que en el corto plazo a los establecimiento de servicio se les envíe una carta recordándoles que si se violan las leyes las sanciones incluyen hasta el cierre de sus negocios.