Jubilación

Ricardo Serrano Me refiero a la carta de la señora Amalia Palacios, asegurada número 316812, que fue publicada en LA PRENSA del 6 de abril bajo el título “Maestra ruega jubilación”. Sobre el particular le informo que en el Reglamento General de la Ley de Seguridad Social se establece que tendrán derecho a una pensión […]

Ricardo Serrano

Me refiero a la carta de la señora Amalia Palacios, asegurada número 316812, que fue publicada en LA PRENSA del 6 de abril bajo el título “Maestra ruega jubilación”. Sobre el particular le informo que en el Reglamento General de la Ley de Seguridad Social se establece que tendrán derecho a una pensión de vejez las maestras al cumplir los 55 años de edad y haber acreditado 750 semanas cotizadas.

En vista que ella a la fecha tiene la edad de 50 años, no califica para vejez, sin embargo puede aplicar para una pensión por invalidez, para lo cual debe ser evaluada por la comisión de invalidez designada para estos efectos.

Para darle respuesta a su solicitud debe presentarse en este despacho con su epicrisis médico para ampliarle la información adicional sobre la documentación requerida para el trámite en referencia.

Gerente general de pensiones del INSS

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