- Desde 1998 está subordinada a Defensa, pero operativamente en el Ejército
Xiomara Chamorro yLuis Felipe Palacios
La Dirección de Información para la Defensa (DID), órgano de inteligencia manejado por el Ejército de Nicaragua, está legalmente bajo el control civil desde 1998 como una entidad desconcentrada adscrita a la Presidencia de la República y subordinada al Ministerio de Defensa, aunque la operatividad de la misma depende de los militares.
Si bien en el Capítulo 3, Artículo 69 del Reglamento de la Ley 290 (Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo) se incorpora la DID al Ministerio de Defensa, la misma ley en sus disposiciones finales y transitorias, le concede a la DID el carácter de entidad desconcentrada, lo que en la práctica se ha traducido en un limbo respecto a la competencia real sobre este órgano.
Según el Artículo 4 de la Ley 290, la desconcentración administrativa “es una forma de organización en la cual un órgano centralizado (en este caso Defensa), confiere autonomía técnica a un órgano de su dependencia (la DID) para que ejerza una competencia limitada a cierta materia o territorio”.
Esta disposición transitoria en la Ley 290, que ya lleva seis años implementándose, luce como una concesión civil a los militares, aprobada bajo la administración de Arnoldo Alemán, situación que ha sido criticada por sectores de la sociedad interesados en promover un control real sobre determinadas actividades militares.
LA CLAVE ESTÁ EN LA PALABRA DESCONCENTRACIÓN
El ex presidente de la Asamblea Nacional, Luis Humberto Guzmán, considera urgente revisar y reformar el Código Militar aprobado en 1994, para que el servicio de inteligencia pase a control civil.
No obstante, esta reforma no parece ser necesaria si se considera que el Código Militar contempla que la DID está adscrita a la Presidencia y que una Ley posterior, la 290, ya la tiene subordinada a Defensa, aunque con la concesión de que sea una entidad desconcentrada.
Guzmán, consultor del programa de políticas públicas de la Universidad Nacional de Ingeniería (UNI) y miembro de la Convergencia Nacional que encabeza el Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN), sugirió que “la inteligencia debe estar bajo el mando del Ministerio de Gobernación”, pero esto implicaría una reforma a la Ley 290 que ya tiene a la DID incorporada en la estructura del Ministerio de Defensa.
ESPIONAJE POLÍTICO
El consultor de la UNI dejó entrever que la DID se ocupa del espionaje político y de la vida privada del nicaragüense, a como solían hacerlo la Oficina de Seguridad Nacional (OSN) de la Guardia Nacional del régimen somocista, y la DGSE del régimen sandinista, que dirigía Lenín Cerna.
“Los servicios de inteligencia no debe ocuparse de saber cuál es la vida privada de nosotros. Eso no es relevante. Hay temas que son relevantes. Se está discutiendo que el narcotráfico ha llegado a construir pistas de aterrizaje en el territorio nacional, ¿no deberían de ocuparse de ese tema los servicios de inteligencia?”, se preguntó.
“El tema de la corrupción, ¿no debiera intervenir sobre este tema la inteligencia? En Perú la corrupción se descubrió por filtraciones de este servicio. En México han aparecido evidencias de corrupción que han venido de los órganos de inteligencia”, añadió.
Guzmán sugirió, por tanto, al presidente Enrique Bolaños incluir entre sus temas de agenda la revisión y posible reforma del Código Militar, incluido sus órganos de inteligencia, y auguró que la propuesta no tendrá “una actitud de resistencia absoluta”, aunque reconoció que “a nadie le gusta ceder espacio”.
CAPÍTULO 3 DEL REGLAMENTO A LA LEY 290
ARTO. 69 SOBRE LA ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DEL MINISTERIO DE DEFENSA:
1. Dirección Superior.
2. Órganos de Asesoría y Apoyo a la Dirección Superior.
2.1 Asesoría Legal.
2.2 Auditoría Interna.
2.3 Consejo Técnico.
2.4 Prensa, Relaciones Públicas y Exteriores y Protocolo.
2.5 Asuntos Estratégicos y Relaciones Civiles-Militares.
3. Direcciones Generales.
3.1 Asuntos Militares.
3.2 Dirección de Información para la Defensa.
3.3 Coordinación Interinstitucional.
4. Divisiones Generales.
5. Administrativa-Financiera.
ARTO. 76 SOBRE LAS ACTIVIDADES DE LA DID.
Corresponde a la Dirección de Información para la Defensa, con rango de Dirección General:
1. Dirigir y coordinar las actividades necesarias para obtener información, analizarla y evaluarla, para defender la soberanía, la independencia y la integridad territorial.
2. Informar periódica y oportunamente al Presidente de la República.
UNA “PIFIA”
“Una pifia del Gobierno de Nicaragua, por carecer de servicios de inteligencia, se dio con la ratificación del tratado (Ramírez-López) sobre límites territoriales entre Colombia y Honduras. Se supo cuando ya era inevitable la aprobación (del tratado), si lo hemos sabido oportunamente Nicaragua pudo haber tomado iniciativas políticas que habrían impedido, a lo mejor, que esa ratificación no ocurriera”, comentó el analista Luis Humberto Guzmán.