- Magistrado Calderón desestima que secretario de actuaciones
se haya extralimitado en
sus funciones
María José Uriarte R. [email protected]
El magistrado Silvio Américo Calderón desestimó que el secretario de actuaciones Roberto Evertz se haya extralimitado al emitir una notificación sobre la impugnación presentada por el supuesto representante legal del Partido Liberal Fundado en 1913 (PL-1913), Juan Carlos Martínez.
Calderón destacó que en todo caso lo que hubo fue una extralimitación de interpretación de un auto de mero trámite, que como institución estaban obligados a dictar cuando el directivo de un partido político introduce contra un acto determinado.
Para Calderón no existen elementos que conlleven a una sanción contra Evertz, por haber actuado de esa manera.
Recordó que Martínez presentó un recurso de nulidad absoluta contra la convocatoria de la Gran Convención que realizaría ese partido, pocas horas antes de la misma, argumentando que estaba viciada porque José León Sánchez ya no era el presidente del PL-1913, al haber presentado su renuncia anteriormente.
“En estos casos de inminente urgencia se redacta el auto que contiene de manera sucinta lo que el recurrente viene a expresar en el escrito presentado, el que contenía que actuaba como representante legal del PL-1913”, explicó el magistrado electoral.
Manifestó que el secretario de actuaciones, en todo caso lo que hizo fue notificar y no resolver sobre un trámite, en el que la otra parte tenía un término de tres días para responder sobre la situación presentada, ya que esto era indispensable darlo a conocer para de alguna manera alertar a los posibles afectados.
Indicó que si se procedió de esa manera fue para salvar responsabilidades, que en un futuro los directivos celebrantes de esa Convención los responsabilizaran de pretender actuar de manera maliciosa para dañar los resultados de la actividad política.
ANALIZARÁN CASO
El magistrado electoral agregó que en las próximas sesiones analizarán el caso del PL-1913, en el que las dos partes se acusan de usurpar funciones, ya que tanto Martínez como Sánchez Román aseguran tener la representación legal de esa organización política.
Externó que será hasta en ese momento que los magistrados emitirán una resolución de fondo, en lo que no descartan auxiliarse de instancias competentes como peritos en caligrafía para determinar la legalidad y validez de los documentos presentados en el Poder Electoral, si se requiere, porque eso ya saldría de su jurisdicción administrativa.
No descarta que se cite a los señalados, para que ellos expongan sus consideraciones sobre los documentos en cuestión.
De manera extraoficial se conoció que algunos magistrados son del criterio que Evertz no debe ser sancionado, sino destituido. Un comunicado del Partido Gran Unión Liberal (GUL), destaca que se reservan el derecho de acusar a Evertz por emitir una cédula de notificación sustentada en documentos falsos.