Doctor Alfonso Dávila Barboza
La Constitución es garantía de derechos y equilibrios políticos y contiene las reglas del juego político que valen por encima de todas las fuerzas en lucha. Esto es parte de la función política. La Constitución afirma que el Estado de Derecho se conforma con el exacto cumplimiento de las leyes de la República.
En estos momentos hay dos aspectos considerativos muy propios del Poder Legislativo que lo ejerce la Asamblea Nacional, como es definir claramente dudas legales por medio de lo que se llama Interpretación Auténtica de la Ley, y otorgar amnistía o indultos en su caso.
En definitiva, en estas resoluciones tiene mucho valor constitucional el quórum, y con mucho respeto a lo que conocemos como veto, los artos: 142 y 143 de la Constitución son bien claros y por su buena redacción no están sujetos a ninguna duda.
Por su lado el Título VI, Extinción de la Responsabilidad Penal, Capítulo Único del Código Penal, contempla la amnistía que extingue por completo la pena y todos sus efectos; y la gracia del indulto.
Con respecto a la interpretación solicitada del delito de lavado de dinero y activos provenientes de actividades ilícitas, resultará vital si se concluye que no tiene autonomía ni vida propia para efectos jurídicos el lavado de dinero, y deberá aplicarse a favor del enjuiciado o enjuiciados el principio de sub sumisión que deviene del Arto. 89 del Código Penal.
Paso esta opinión en esta sección bien leída de un devoto del estudio de la ciencia del derecho y sus cambios.
Asesor Legal Penal
Masaya