Silvio Américo Calderón.

CSE presenta borrador de calendario electoral

El 8 de septiembre es el último día para reponer cédulas María José Uriarte R. [email protected] Los magistrados del Consejo Supremo Electoral (CSE), aprobaron ayer el proyecto de calendario electoral, procediendo de inmediato a notificar a los Partidos Políticos para que en un plazo no mayor de quince días envíen sus observaciones, y sea aprobado […]

  • El 8 de septiembre es el último día para reponer cédulas

María José Uriarte R. [email protected]

Los magistrados del Consejo Supremo Electoral (CSE), aprobaron ayer el proyecto de calendario electoral, procediendo de inmediato a notificar a los Partidos Políticos para que en un plazo no mayor de quince días envíen sus observaciones, y sea aprobado oficialmente.

Los magistrados estiman que el calendario electoral puede estar ratificado en su totalidad el 19 de febrero, el proyecto contiene 70 actividades propias del proceso electoral, entre ellas inscripción de candidatos, publicación de reglamentos, período de acreditación y entrega de credenciales a los fiscales de cada organización política.

En el proyecto de calendario electoral se tiene previsto desarrollar en la primera quincena de febrero las siguientes actividades; publicación del Reglamento de Ética Electoral, Reglamento de Observación Electoral, Reglamento de Boletas Electorales, Reglamento de Clasificación de Votos y la Normativa de los fiscales.

El último día de Registro de alianzas de Partidos Políticos y presentación de candidatos se prevé para el 7 de mayo.

El 9 de septiembre es la fecha para publicar en los diarios de circulación nacional el listado total de los candidatos presentados por los Partidos Políticos y Alianzas de organizaciones políticas, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

El inicio de la campaña electoral se establece para el 23 de septiembre y el último día de campaña el 3 de noviembre inclusive.

El proceso de verificación ciudadana de aprobarse el borrador, se realizaría los días 20 de junio, 27 de junio, 4 de julio y 11 de julio. El 9 de agosto es la publicación de las Juntas Receptoras de Votos y entrega del Padrón Electoral preliminar a los Partidos Políticos y Alianzas.

ÚLTIMO DÍA PARA SOLICITAR CÉDULA

Las fechas tentativas en el borrador, establece como último día para solicitar cédula de identidad el 9 de agosto, para fabricar cédulas y documentos supletorios el 8 de septiembre, también esa fecha es el límite para solicitar reposición de cédulas, asimismo para nuevas inclusiones en el Padrón Electoral.

El 9 de agosto se contempla como último día para admitir cambio de domicilio.

El magistrado Silvio Américo Calderón señaló que el proyecto aprobado es un calendario electoral moderno, en el que cada fecha va hilvanada una con otras, el que a su vez es muy particularizado y seccionado para evitar que se preste a interpretaciones ambiguas, de parte de los representantes legales de los partidos.

“Destaca una característica muy importante relacionada a los términos que señala cada una de las actividades de manera puntuales y exigentes incluso para el mismo CSE y sus autoridades como son los casos del período de tiempo en los cuales deberán emitir las resoluciones sobre las impugnaciones que sean presentadas en su momento”, refirió el magistrado Calderón.

Sobre este aspecto, explicó que lo que se pretende es que bajo el principio de dar celeridad de los resultados del proceso electoral, evitar que quede a libre criterio del funcionario electoral emitir una resolución tardía al recurso interpuesto, porque la meta es dar a conocer los resultados definitivos y proclamación de candidatos a mediados diciembre.

En la próxima sesión, los magistrados someterán a aprobación el Reglamento de Compra, que contendrá el calendario de adquisiciones de materiales, ya sea del rubro ordinario o del presupuesto electoral, también se establecerán las cuantías de lo que invertirán y los mecanismos para los procesos de licitación u ofertas.

El objetivo es que el Reglamento de Compras vaya en armonía con la recomendación emitida por la Contraloría General de la República y con la Ley de Contrataciones del Estado.

MODIFICACIONES

La Ley Electoral establece en el artículo 4, que el CSE podrá modificar o reformar el calendario electoral por causas de caso fortuito o fuerza mayor, en consulta con las organizaciones políticas, no obstante, el magistrado Calderón desestimó que una de esas causas sea por déficit presupuestario.

Dijo que una vez aprobado el calendario electoral se aplica con todo el rigor establecido en ese artículo, el que le da una “vida consagrada” de estabilidad al mismo.

Entre las circunstancias que consideraría el CSE, para modificar el calendario electoral, están fenómenos naturales, pero Calderón reiteró que no será por causas económicas porque de ser necesario buscarán los recursos de cualquier modo.

Recordó que el calendario electoral además de ser publicado en La Gaceta, diario oficial, se hace en los medios de comunicación escritos a efecto que la población y la comunidad internacional tengan claro la fecha de las actividades del proceso electoral, las que no deben reformarse antojadizamente.

DÍA DE ELECCIONES

Hasta este momento la fecha inamovible para la celebración de las elecciones municipales es el 7 de noviembre, ya que la Constitución establece que se efectuarán el primer domingo de noviembre. Ese mismo día se transmitirán los resultados de las Juntas Receptoras de Votos al Centro de Cómputo Nacional. Para el primero de diciembre se realizará la proclamación de electos y la toma de posesión será de acuerdo a calendarización del CSE por departamento.

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