- Apelaciones restituye condición que le quitó la Asamblea
Mirna Velásquez Sevilla [email protected]
La Sala Civil Uno del Tribunal de Apelaciones de Managua (TAM) desestimó la decisión de la Asamblea Nacional de quitar de su escaño de diputado al ex presidente Arnoldo Alemán, y le restituyó su condición la mañana de ayer.
El pasado lunes 15 de diciembre, la junta directiva de la Asamblea Nacional dispuso dar cumplimiento a la sentencia de la juez Juana Méndez, en la que ordenó suspender sus derechos civiles y políticos a Alemán e inhabilitarlo en el ejercicio del cargo público por un período de veinte años, tiempo que dura la pena.
Alemán fue condenado a prisión por los delitos de lavado de dinero, fraude, malversación, peculado, asociación para delinquir y delito electoral, además del pago del doble de lo defraudado. La multa asciende a 17 millones de dólares.
La resolución fue emitida por los magistrados Roberto Borges, Mario Barquero y Guillermo Estrada, estos dos últimos de tendencia liberal y de facción “arnoldista”.
Como se recordará, a inicios de este mes los magistrados liberales de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Guillermo Selva y Manuel Martínez, empezaron a ejercer presión para purgar los tribunales de Managua y sacar a cuatro magistrados de tendencia liberal, tildados de tener afinidad con el presidente Enrique Bolaños y emitir fallos que no beneficiaban a Alemán. En aquel momento, pedían trasladarlos a los tribunales de Puerto Cabezas y Bluefields.
Los magistrados de la Sala Civil Uno, admitieron el recurso de amparo introducido por Alemán en contra de los miembros de la junta directiva de la Asamblea Nacional, conformada por Jaime Cuadra Somarriba, René Núñez Téllez, Orlando Tardencilla, Mirna Rosales, Miguel López Baldizón, Edwin Castro y Eduardo Gómez López.
En su parte resolutiva, el fallo indica que le da trámite al recurso de amparo y da lugar a la suspensión de oficio del acto reclamado, es decir al acuerdo de haber decretado la pérdida de su cargo como diputado.
El argumento de los magistrados plasmado en el fallo, es que la sentencia en la que se basó el decreto de los directivos, no está firme por haber sido apelada.
“La Sala encuentra que (…) el acto recurrido se encuentra apenas en proceso de su consumación y teniéndose que el acto reclamado y sus efectos, de llegar a consumarse haría físicamente imposible restituir al quejoso en el goce del derecho reclamado, la Sala perfectamente puede decretar de oficio la suspensión del acto y sus efectos, considerándose además que dicha suspensión no es sino una medida precautelar y conservativa de derechos”, indica la resolución.
Cabe señalar que el caso Alemán todavía debe pasar a manos de la CSJ para que analice el fondo del recurso.