- Ministro de Hacienda brindará en los próximos días detalles de propuesta legislativa, ya en manos del Parlamento
- Declarar impuestos vía Internet, premios a los que denuncien la evasión y corregir las declaraciones son parte de la lista de novedades
Mario José Moncada [email protected]
Una serie de novedades, entre las que sobresalen la declaración de impuestos vía Internet, recompensas para aquellos que denuncien la evasión fiscal, la oportunidad para el contribuyente de corregir su declaración de impuestos y el carácter confidencial de la información que éste brinde al gobierno, están contempladas en el proyecto de Ley del Código Tributario.
La propuesta legislativa que fue enviada oficialmente por el Ejecutivo la semana pasada al Parlamento, será presentada en los próximos días por el ministro de Hacienda y Crédito Público, Eduardo Montalegre, en el inicio de una campaña encaminada a difundir la misma no sólo entre el sector privado sino entre el público en general, según informaron fuentes del Ejecutivo.
El proyecto de ley consta de 225 artículos, el último de los cuales establece que el Código Tributario entrará en vigencia seis meses después de ser aprobado en la Asamblea Nacional, por lo que Hacienda iniciará en el momento oportuno un cabildeo entre los diputados, en especial de aquellos miembros de la Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto.
RECOMPENSA Y CASTIGO
Según copia del proyecto de ley en manos de LA PRENSA, toda persona que denuncie alguna evasión tributaria o defraudación fiscal, tendrá derecho a una gratificación, siempre y cuando en virtud de los datos que suministre, el fisco logre recuperar los montos con sus respectivas sanciones.
En ese sentido, se prevé que el denunciante recibirá como recompensa un 10 por ciento de lo recuperado, mientras que la fuerza pública podrá recibir un cinco por ciento. El monto restante, es decir el 85 por ciento, pasará a la Tesorería General de la República como fondos del Presupuesto General de la República.
La identidad de toda persona que denuncie alguna evasión tributaria o defraudación fiscal, será protegida para su “atención y protección”.
El Código Tributario establece además que la multa por no pagar los impuestos en tiempo y forma, será dispensada si la persona fue víctima de un robo, siniestro, o de una asesoría errónea brindada por un funcionario, siempre y cuando todas esas causas sean verificables.
Sin embargo, para aquellos que resulten responsables de defraudación tributaria podrán ser condenados de entre uno a tres años de cárcel por el juez competente, y se les aplicará una multa de entre 5 mil a 50 mil córdobas.
LOS ÚLTIMOS
El experto en Derecho Tributario, Julio Francisco Báez, insistió en la necesidad de que Nicaragua cuente finalmente con un Código Tributario que “contribuya a la transparencia de las recaudaciones fiscales, definiendo las obligaciones y derechos, tanto de los contribuyentes como de la entidad recaudadora”.
Detalló que Argentina tiene un Código Tributario vigente desde 1933, Panamá desde 1956 y Chile desde 1966.
En Centroamérica, Costa Rica lo tiene desde 1971, Guatemala desde 1991, mientras que Honduras y El Salvador desde 1997 y 2001, respectivamente.
Recomendó que las autoridades del gobierno deben iniciar una campaña de divulgación del proyecto de Ley del Código Tributario, lo cual consideró es importante para que logre el apoyo de la opinión pública y su pronta aprobación en el Parlamento.
EXONERACIONES
El Código Tributario propuesto indica que la aprobación de las exoneraciones quedará en manos de la Asamblea Nacional (AN), quedando siempre vigentes las contempladas en la Constitución Política, como aquellas referidas a las materias primas de los medios de comunicación y las incluidas en convenios, tratados o acuerdos internacionales.