Jorge Loáisiga Mayorga [email protected]
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CGR de acuerdo con reducir salarios a funcionarios públicos
Jorge Loáisiga Mayorga
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La Contraloría General de la República está de acuerdo con el proyecto de Ley de Regulación Salarial de la Administración Pública y Funcionarios del Estado, que estipula una sustancial reducción de salarios a los funcionarios públicos, estableciendo como el más alto el del presidente de la República en 69 mil córdobas.
El proyecto de Ley también prohíbe el uso de tarjetas de crédito, gastos de representación, pago de casa, servicios públicos y telefonía celular, pago de dietas, reembolso de pago de impuestos, servicios públicos, gastos médicos o cualquier servicio, estipendio o cualquier regalía o ingreso adicional al salario.
“Nosotros estamos de acuerdo con esa ley. Los honorables diputados nos pidieron que hiciéramos nuestras observaciones. La recomendación que hemos hecho es que sea la Contraloría la que supervise el cumplimiento de esa ley y no la Comisión Nacional de Salario Mínimo, como dice el proyecto original”, dijo el contralor Guillermo Argüello Poessy.
“La utilización de megasalarios, las dobles planillas, el ocultamiento del salario o enmascaramiento como dietas, sobresueldos u otras erogaciones, o la explicación de que la fuente de financiamiento es externa, deben ser prácticas condenables y que deben de dejar de usarse por lo que se hace necesario que se apruebe una Ley de Regulación Salarial de la Administración Pública y Funcionarios del Estado que nos ordene jurídicamente”, dice la exposición de motivos.
“En las condiciones actuales de una economía deteriorada y en proceso de recuperación, el hecho de que existan funcionarios públicos que se pagan salarios comparados con los del primer mundo… no sólo es una actitud falta de ética y fuera de la realidad económica del país, sino que además debe ser un acto ilegal”, agrega la exposición de motivos.
El artículo cinco de dicho proyecto de Ley establece que el salario neto del presidente de la República no podrá exceder el equivalente a 70 salarios mínimos promedios, es decir 69,206 córdobas.
El salario mínimo promedio (988 córdobas) resulta de la sumatoria de los salarios mínimos decretados por la Comisión Nacional de Salario Mínimo en todos los diferentes sectores o ramas de la economía, divididos entre el número de ellos (9).
El artículo seis señala que el salario neto del vicepresidente de la República y de los presidentes y directivos de los otros poderes del Estado no excederá el equivalente a 60 salarios mínimos (59,280 córdobas).
En el artículo siete indica que el resto de funcionarios del Estado (Magistrados de los diferentes Poderes del Estado, diputados, ministros, viceministros, secretarios generales, directores generales, y específicos, asesores, y secretarios técnicos en instituciones estatales y gubernamentales, así como miembros de las juntas directivas, asesores, secretarios ejecutivos, gerentes, directores y subdirectores de entes autónomos y descentralizados, alcaldes y vicealcaldes, concejales, directores y asesores en las municipales, tendrán un salario neto que no podrá en ningún caso ser mayor a 50 salaros mínimos (49,400 córdobas).