- Juez Adela Cardoza emitió sentencia en su contra y le ordena pagar 75 mil córdobas a Haroldo Montealegre
Mirna Velásquez Sevilla [email protected]
El presidente del Banco de Crédito Centroamericano (Bancentro), Roberto Zamora, apeló de una sentencia desfavorable emitida por la juez Cuarto Local del Crimen de Managua, Adela Cardoza, en la cual le ordenó pagar una multa de 75 mil córdobas, informó su abogado Salvador Pérez García.
Zamora fue acusado de injurias y calumnias por el ex banquero Haroldo Montealegre, por la rara aparición —en su casa— de un documento escrito en inglés, y en el cual Zamora supuestamente aseguraba sentirse intimidado y amenazado por Montealegre, quien según este documento tiene vínculos con agentes del partido sandinista, responsables de la muerte de muchas personas.
El recurso de apelación se introdujo en el juzgado titularizado por la juez Rosario Peralta y en el escrito se hace referencia a la incompetencia de la juez Cardoza para tramitar el caso, por tratarse de un documento que formaba parte de un juicio ejecutivo corriente radicado en Miami, Estados Unidos.
En dicho juicio, un juez falló contra Montealegre quien reclamaba el pago de seis millones de dólares por la venta de la totalidad de sus acciones que poseía en el desaparecido Banco Mercantil (Bamer), venta que al parecer no se concretizó.
Salvador Pérez señaló además que en tres ocasiones Zamora se mostró inconforme con la juez Cardoza y la recusó, sin embargo, en ningún momento ella se abstuvo de conocer el proceso.
Sobre esto, el abogado acusador Boanerges Ojeda indicó que en una ocasión la recusación se promovió fuera de tiempo, pues el juicio no había iniciado.
Agregó que el documento en cuestión es una declaración jurada ante un notario público, razón por la cual la juez es competente para tramitar el caso.
CASO ANTE LOS DERECHOS HUMANOS
Cabe señalar que Zamora introdujo una queja ante la Comisión Disciplinaria de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), en contra de la juez Cardoza y llevó el caso a la Procuraduría Para la Defensa de los Derechos Humanos (PPDH), por considerar que han sido violados sus derechos al no garantizársele un proceso debido.
Otro de los señalamientos de Pérez es que en la sentencia se invocan dos artículos del Código Procesal Penal (CPP), para ordenar el trámite de tasación por los daños e indemnización por perjuicios, cuando el juicio se tramitó con el anterior sistema penal todavía vigente.